En qué se basa el proyecto de ley de Libertad Religiosa, una de las promesas de Macri
El Gobierno consiguió el aval de la Iglesia para avanzar en la redacción de un proyecto de ley de Libertad Religiosa, que reconoce derechos a los credos que antes solo se garantizaba a los católicos y dispone nuevas protecciones legales a las prácticas de fe. El proyecto se refiere a una promesa de campaña que Mauricio Macri le hizo a las federaciones de iglesias cristianas.
El punto clave del proyecto oficial es el cambio en el Registro Nacional de Cultos, vigente desde 1978 mediante decreto ley 21.745, cuya inscripción legal pasará de ser obligatoria a voluntaria. ( http://www.libertadreligiosa.org.ar/web/ProyectosLeyesArgentinas.htm )
Una iniciativa que el Poder Ejecutivo pretende enviar al Congreso apenas se inicie el período ordinario de sesiones y que, de aprobarse, echará por tierra la norma legal vigente desde la última dictadura militar. La iniciativa legal, que -tras una ronda de consultas realizada por la secretaría de Culto- cuenta con el consenso de las principales asociaciones religiosas y el beneplácito de la Iglesia católica, reconoce a los fieles -entre otras cosas- el derecho a “no ser obligadas a prestar juramento o hacer promesa según fórmulas que violenten sus creencias; a recibir asistencia de los ministros de su propia confesión en lugares de internación, detención o cuarteles, y a conmemorar las festividades religiosas y a guardar los días y horarios que, según su religión, se dediquen al culto”. La objeción de conciencia alcanza al servicio militar y el “homenaje activo a símbolos patrios”.
En cuanto a los ministros de culto, estarán “exentos de la obligación de declarar sobre hechos que le hayan sido revelados en el ejercicio de su ministerio”. Y a los cultos se les reconocerá el derecho a tener instituciones educativas, hospitales, cementerios y medios de comunicación. Además, la inscripción en el Registro de Cultos (que pasará a llamarse Registro Nacional de Entidades Religiosos) dejará de ser obligatoria y los que no lo se anoten igual gozarán del derecho de asociación y de la libertad religiosa. Pero los que sí lo hagan recibirán beneficios impositivos, sus templos serán inembargables y sus ministros podrán ingresar a cárceles y hospitales para brindar asistencia espiritual.
El proyecto contempla también una serie de modificaciones al Código Penal para castigar a quienes impidan el libre ejercicio de la libertad religiosa, agredan por motivos religiosos o profanen tumbas, por lo que crea la figura de los “delitos contra la libertad religiosa y de conciencia”. Así, “será reprimido con prisión de dos a seis años quien por medio de violencia o intimidación: impidiere a un miembro de una confesión religiosa practicar actos de su culto o asistir a ellos; compeliere a otro a practicar actos de un culto o asistir a ellos; forzare a otro a seguir perteneciendo a la confesión religiosa que profesare”. Y se agravan las penas por hurto de objetos sagrados o ataque a un edificio religioso.