Corrientes: el Senado aprobó por unanimidad el nuevo Código Procesal Penal
El Senado, en un trámite rápido tras un amplio debate en comisión, aprobó por unanimidad esta siesta, el nuevo el Código Procesal Penal de la Provincia. De la sesión participaron la casi totalidad, solo estuvieron ausentes los senadores Mario Bofill y Robeto Miño. El nuevo Código Procesal sustituirá al vigente hasta ayer, sancionado en 1971 por un gobierno de facto, con 599 artículos. El nuevo tiene 482.
Haciendo un poco de historia es de recordar que el Código Vigente data del año 1971, norma que en ese momento posicionó a Corrientes entre las más avanzadas en la materia. En 2004 el Superior Tribunal de Justicia de la provincia presentó un por entonces moderno proyecto, de autoría de profesores en Derecho Procesal Penal de la Facultad de Derecho de la UNNE, tuvo durante tres años consecutivos estado parlamentario, no tuvo final feliz.
Igual suerte corrieron otros proyectos en los años siguientes, hasta que, finalmente en el día ayer y después de quince años de espera fue sancionado un código, remitido a la Cámara de Senadores por el Sr. Gobernador de la Provincia de Corrientes, Dr. Gustavo Valdés, para su tratamiento que sigue los lineamientos del Código Procesal Penal Nacional hoy aplicado en las provincias de Jujuy y Salta.
Es necesario hacer algunas aclaraciones para que, quienes no tienen conocimientos jurídicos, no incurran en confusiones absolutamente comprensibles. Una vez publicada, la nueva norma entrará en vigencia sólo en lo que respecta al Procedimiento en Flagrancia, que ya se viene aplicando en los juzgados para las personas sorprendidas y aprehendidas en el momento de la comisión (o inmediatamente antes o después) de un hecho que pudiera resultar delictivo.
El resto del cuerpo normativo demorará hasta tres años y será de aplicación progresiva en las diferentes circunscripciones judiciales a partir del segundo año. Ello es así, por las importantes exigencias: tecnológicas, infraestructura edilicia y de capacitación para todos los operadores que tendrán a su cargo la implementación del nuevo sistema. A lo que se agrega la necesidad de dictar un plexo de leyes imprescindible para su puesta en marcha.
El texto que se acaba de de convertir en ley significa un cambio sustancial en la forma de impartición de la justicia penal, que por la imposición de oralidad e inmediatez en todas las instancias redundará en una notoria reducción de los tiempos judiciales, teniendo siempre en miras que la justicia tardía deja de ser justicia, para ser sólo historia.
Los rasgos sustanciales del nuevo proceso penal pueden sintetizarse destacando que la investigación de los hechos que se presuman delictivos serán del resorte exclusivo de un representante del Ministerio Público Fiscal, quien deberá probar su acusación ante un Juez con pruebas suficientes, no pudiendo llevar su caso a juicio si no las obtuviera dentro de un marco de control de legalidad por un Juez de Garantías para el caso de las medidas más intrusivas para el imputado.
Además, es de destacar la posibilidad de aplicar diferentes medidas alternativas de solución de conflictos, como la Mediación Penal, que permitirán, con un adecuado uso, que las causas puedan ir resolviéndose por otros canales y con mayor celeridad, lo que muchas veces satisface de mejor forma los intereses de la víctima y el victimario reservando el juicio propiamente dicho, como última instancia de resolución de un conflicto penal.
En la misma sesión se dio tratamiento legislativo a un nuevo Código Procesal Civil de Familia, Niñez y Adolescencia, que consta de 800 Artículos y el Código Procesal Civil y Comercial, con 700 artículos que ingresará para su tratamiento a la Cámara de Diputados antes de la finalización del año en curso, realmente una tarea para distinguir del Poder Legislativo de Corrientes, en período democrático.
Como se advierte estamos ante un verdadero “tsunami procesal” en la provincia, en un trascendente esfuerzo estatal para brindar las mejores herramientas posibles a quienes tienen en sus manos la difícil y trascendente misión de impartir justicia. Esfuerzo más destacable aún, si haciendo un ejercicio de memoria, se recuerda que los últimos grandes cambios en la materia nunca se pudieron concretar en épocas de gobiernos provinciales electos democráticamente.