Audiencia de CFK: Casación autorizó la transmisión pero negó la presencialidad
La Cámara Federal de Casación Penal autorizó la transmisión en directo de la audiencia convocada para el jueves en la causa dólar futuro pero denegó un reclamo de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner para que se le permita asistir de manera presencial a Tribunales.
«En lo que respecta a la trasmisión en directo de la audiencia por los medios periodísticos que así lo requieran, y a fin de garantizar la publicidad del acto, corresponde hacer lugar al pedido efectuado», decidió el presidente de la sala I de Casación, Daniel Petrone.
En lo referido al pedido del abogado de la Vicepresidenta, Carlos Beraldi, para que la audiencia se lleve a cabo de manera presencial en Comodoro Py 2002, el Tribunal ratificó que se hará «de modo virtual y remoto» a raíz de la «emergencia sanitaria declarada ante el avance del coronavirus».
«Esta ha sido la modalidad que siguió esta Cámara desde el inicio de la pandemia permitiendo así el ejercicio del derecho de defensa de las partes en dicho contexto», se agregó en la resolución.
La defensa de la Vicepresidenta reclamó el último lunes que la audiencia sea presencial y transmitida públicamente.
La audiencia previa a resolver pedidos de sobreseimiento en el caso por inexistencia de delito está convocada para el próximo jueves a las 10:30, «de manera remota y virtual», y con «transmisión en directo por los medios que así lo requieran».
Los jueces de la sala I del máximo tribunal penal federal escucharán a la expresidenta y al gobernador bonaerense Axel Kicillof, quienes piden ser sobreseídos en el caso que ya fue enviado a juicio oral.
También pidieron estar presentes para el trámite los procesados exdirector del Banco Central Alejandro Vanoli y su exvicedirector (y hoy a cargo del BCRA) Miguel Angel Pesce.
«Reitero la solicitud de que la audiencia que tendrá lugar el próximo 4 de marzo se lleve a cabo de manera presencial, al menos respecto de las personas que así lo soliciten, tal como es el caso de la defensa de Cristina Fernández de Kirchner», planteó Beraldi ayer en el escrito
«Si el acto no se lleva a cabo de manera presencial, mi parte no tomará intervención en la diligencia. Ello así, pues lo contrario importaría consentir una más de las innumerables violaciones al derecho de defensa en juicio que ya tuvieron lugar en este vergonzoso proceso», señaló.
Ante esto, la expresidenta podría no presentarse el jueves a la audiencia.
Cristina Kirchner y Kicillof (ministro de Economía al momento de los hechos investigados) solicitaron sus sobreseimientos cuando el Tribunal Oral Federal (TOF) 1 ratificó el año pasado que se llevaría a cabo el juicio oral.
Sus defensas sostuvieron que las pericias realizadas cuando la causa llegó al TOF 1 determinaron que la operatoria de dólar futuro era un instrumento idóneo como «herramienta de control para la estabilidad monetaria y cambiaria del país» y que no hubo perjuicio para el Estado nacional, sino, por el contrario, se produjeron ganancias.
Luego de diversas resoluciones, el caso llegó por vía de apelaciones a Casación, que convocó a las partes a una audiencia preliminar para el 1º de marzo, fecha que coincidía con la apertura de sesiones ordinarias en el Congreso Nacional y en la Asamblea Legislativa de la provincia de Buenos Aires.
La sala I de Casación, finalmente, modificó la fecha de convocatoria para el próximo jueves.
La causa se inició por una denuncia de diputados del PRO en octubre de 2015, quienes sostuvieron que entre agosto y noviembre de 2015 el Banco Central cerró contratos a «dólar futuro» con los cuales se habrían ejecutado supuestas maniobras anómalas.
El fallecido juez Claudio Bonadio consideró que hubo delito y procesó a Cristina Kirchner, Kicillof y a exdirectores del Banco Central por presunta administración infiel en perjuicio de la administración pública.
En agosto del año pasado se conocieron los resultados del informe pericial de 82 páginas realizado por el Cuerpo de Peritos de la Corte que había encargado el TOF 1: en esa pericia, firmada por Carlos Alberto Campodónico, Alejandro del Acebo y Stella Maris Castaño, más la participación de peritos de parte, se concluyó que la operatoria de dólar futuro del año 2015 no generó perjuicio para el Estado.