El proyecto de Ley relativo al establecimiento de un régimen de “exteriorización del ahorro argentino”, presentado por el poder ejecutivo en junio de este año, comenzó a debatirse hoy en la comisión de presupuesto y hacienda que preside el diputado nacional, Carlos Heller (FdT)
En primero lugar, hizo uso de la palabra Carlos Castagneto, administrador de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), quien ratificó que “es nuestro deber como funcionarios públicos diseñar las normas que el momento político e institucional lo requiere, entendiendo la responsabilidad histórica que tenemos en pos de la defensa de los intereses de todo el pueblo argentino”
“Este tipo de acciones refuerza la importancia de un estado presente que cumpla con su rol, trabajando para las mayorías de nuestro país y combatiendo maniobras de gran evasión fiscal, que atentan contra la gobernabilidad y la democracia”, enfatizó.
Sobre la norma, Castagneto especificó que “la herramienta que presentamos es voluntaria y excepcional, habilita por 360 días la declaración de tenencias de moneda nacional e internacional que esté en el país o en el exterior, además de activos financieros, bienes e inmuebles”.
Luego, Guillermo Michel, director General de Aduana de la Administración Federal de Ingresos Públicos, afirmó que “el acuerdo con Estados Unidos va a cambiar la matriz tributaria de nuestro país, va a generar la expansión de la base imponible para bienes personales y ganancias muy importantes, que estimamos en no menos de 90 mil millones de dólares para el año que viene, que van a ser cuentas de argentinos que están sin declarar en el exterior”.
“Con respecto a las alícuotas, a diferencia de otros blanqueos, se prevé un régimen diferencial más beneficiosa para si los fondos se repatrian respecto a aquellos bienes que se dejan en el exterior”, destacó el funcionario.
El proyecto de Ley relativo al establecimiento de un régimen de “exteriorización del ahorro argentino”, presentado por el poder ejecutivo en junio de este año, comenzó a debatirse hoy en la comisión de presupuesto y hacienda que preside el diputado nacional, Carlos Heller (FdT)
En primero lugar, hizo uso de la palabra Carlos Castagneto, administrador de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), quien ratificó que “es nuestro deber como funcionarios públicos diseñar las normas que el momento político e institucional lo requiere, entendiendo la responsabilidad histórica que tenemos en pos de la defensa de los intereses de todo el pueblo argentino”
“Este tipo de acciones refuerza la importancia de un estado presente que cumpla con su rol, trabajando para las mayorías de nuestro país y combatiendo maniobras de gran evasión fiscal, que atentan contra la gobernabilidad y la democracia”, enfatizó.
Sobre la norma, Castagneto especificó que “la herramienta que presentamos es voluntaria y excepcional, habilita por 360 días la declaración de tenencias de moneda nacional e internacional que esté en el país o en el exterior, además de activos financieros, bienes e inmuebles”.
Luego, Guillermo Michel, director General de Aduana de la Administración Federal de Ingresos Públicos, afirmó que “el acuerdo con Estados Unidos va a cambiar la matriz tributaria de nuestro país, va a generar la expansión de la base imponible para bienes personales y ganancias muy importantes, que estimamos en no menos de 90 mil millones de dólares para el año que viene, que van a ser cuentas de argentinos que están sin declarar en el exterior”.
“Con respecto a las alícuotas, a diferencia de otros blanqueos, se prevé un régimen diferencial más beneficiosa para si los fondos se repatrian respecto a aquellos bienes que se dejan en el exterior”, destacó el funcionario.
Para finalizar, el funcionario de la Aduana subrayó que “sería importante contar con esta herramienta para contribuir con un sistema tributario más equitativo, donde contribuyen más los que más tienen”.
La diputada Germana Figueroa Casas (PRO) cuestionó el hecho de que el Ejecutivo pueda decidir perdonar o no deuda en materia tributaria. “Eso no se puede hacer, dijo. “Tendríamos que analizar en serio los beneficios a cumplidores, sino parece que la argentina es el país de no pagues, total después se arregla todo”, expresó.
Antes de concluir la reunión, el titular de Presupuesto aclaró que “estamos hablando de una ley de exteriorización de dinero, o bienes, de ganancias o riquezas generadas aquí y que no han cumplido con la ley”. “Le estamos abriendo una ventana para que puedan regularizar en estas condiciones”, señaló. “Es una situación muy trascendente para Argentina y no quiero que quede la menor posibilidad de que pueda ser objetado por alguna cuestión formal”, finalizó Heller.
Según el texto, la norma apunta a establecer un régimen de “Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado” mediante el cual las personas residentes en la Argentina, inscriptas o no ante la AFIP, podrán declarar de manera voluntaria y excepcional ante ese organismo la tenencia de bienes en el país y en el exterior, en las condiciones previstas en esta norma legal, dentro de un plazo que se extenderá desde su entrada en vigencia y hasta trescientos sesenta días corrido.
Los sujetos mencionados en el artículo 1° de la presente ley podrán declarar, de manera voluntaria y excepcional, los siguientes bienes: Tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país; tenencia de moneda extranjera en el exterior; inmuebles en el país y/o en el exterior; muebles en el país y/o en el exterior; y demás bienes en el país y/o en el exterior, incluyendo créditos.
Y, además, activos financieros del país o del exterior, entendiendo como tales: acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores, cuotas y participaciones sociales –incluidas cuotapartes de fondos comunes de inversión y certificados de participación de fideicomisos financieros y cualquier otro derecho sobre fideicomisos y contratos similares-, criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales o instrumentos similares, títulos, bonos y demás valores y todo tipo de derecho tanto del país como del exterior, susceptible de valor económico.
Para finalizar, el funcionario de la Aduana subrayó que “sería importante contar con esta herramienta para contribuir con un sistema tributario más equitativo, donde contribuyen más los que más tienen”.
La diputada Germana Figueroa Casas (PRO) cuestionó el hecho de que el Ejecutivo pueda decidir perdonar o no deuda en materia tributaria. “Eso no se puede hacer, dijo. “Tendríamos que analizar en serio los beneficios a cumplidores, sino parece que la argentina es el país de no pagues, total después se arregla todo”, expresó.
Antes de concluir la reunión, el titular de Presupuesto aclaró que “estamos hablando de una ley de exteriorización de dinero, o bienes, de ganancias o riquezas generadas aquí y que no han cumplido con la ley”. “Le estamos abriendo una ventana para que puedan regularizar en estas condiciones”, señaló. “Es una situación muy trascendente para Argentina y no quiero que quede la menor posibilidad de que pueda ser objetado por alguna cuestión formal”, finalizó Heller.
Según el texto, la norma apunta a establecer un régimen de “Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado” mediante el cual las personas residentes en la Argentina, inscriptas o no ante la AFIP, podrán declarar de manera voluntaria y excepcional ante ese organismo la tenencia de bienes en el país y en el exterior, en las condiciones previstas en esta norma legal, dentro de un plazo que se extenderá desde su entrada en vigencia y hasta trescientos sesenta días corrido.
Los sujetos mencionados en el artículo 1° de la presente ley podrán declarar, de manera voluntaria y excepcional, los siguientes bienes: Tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país; tenencia de moneda extranjera en el exterior; inmuebles en el país y/o en el exterior; muebles en el país y/o en el exterior; y demás bienes en el país y/o en el exterior, incluyendo créditos.
Y, además, activos financieros del país o del exterior, entendiendo como tales: acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores, cuotas y participaciones sociales –incluidas cuotapartes de fondos comunes de inversión y certificados de participación de fideicomisos financieros y cualquier otro derecho sobre fideicomisos y contratos similares-, criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales o instrumentos similares, títulos, bonos y demás valores y todo tipo de derecho tanto del país como del exterior, susceptible de valor económico.