CABA – Condonan el impuesto Inmobiliario de junio y julio a más de 110 mil comercios porteños no esenciales
Más de 110.000 comercios porteños no esenciales, entre ellos bares, restaurantes, librerías, peluquerías, jugueterías, hoteles y gimnasios, ya pueden solicitar la condonación de los meses de junio y julio del impuesto Inmobiliario/ABL, informó la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).
El organismo recordó que el trámite debe hacerse a través del aplicativo “Alivio Fiscal Pandemia COVID-19” disponible en www.agip.gob.ar, con Clave Ciudad Nivel 2.
Según la Ley N° 6.315 sancionada en la Legislatura porteña, los comercios no esenciales que pueden solicitar esta medida de alivio fiscal son aquellos que desarrollan actividades de venta de bienes muebles y prestaciones de servicio.
También se incluye en el beneficio a los locales de actividades gastronómicas (restaurantes, bares, cafeterías, pizzerías, casas de comida, heladería, fastfood, etc.) y los inmuebles donde se desarrollan las actividades de hotelería, alojamiento, pensiones, geriátricos, albergues transitorios y/o moteles.
En casos en que los contribuyentes ya hubieran efectuado el pago correspondiente a esos meses, el monto se les computará como un crédito fiscal para cancelar las próximas cuotas del impuesto.
A la vez, para aquellos que hubieran abonaron la cuota anual el crédito fiscal quedará abierto para el año que viene, precisó la AGIP.
Se condonarán asimismo las cuotas 6 y 7 correspondientes a los gravámenes por Uso, Ocupación y Trabajos del Espacio Público para las actividades comerciales en la vía pública, es decir, puestos de venta ambulante por cuenta propia o de terceros y con vehículos gastronómicos.
En este caso, la condonación de los meses de junio y julio será reconocida de oficio por la AGIP, mediante un crédito fiscal para la cancelación de futuras obligaciones correspondientes al año 2021.