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Comunicado de la Presidencia de la H.C.D.N.

La Secretaría Parlamentaria de la Presidencia de la Cámara de Diputados de la Nación pone en conocimiento de la ciudadanía que, luego de aprobarse en general el dictamen de mayoría sobre el proyecto referido al Consejo de la Magistratura por 130 votos positivos –uno más de la mayoría absoluta requerida-, la Cámara dispuso realizar su tratamiento en particular.

 

Para ello el bloque de FpV mocionó votar todos los artículos en forma conjunta, moción que fue ratificada por la mayoría del cuerpo.
Diputados de la oposición cuestionaron este procedimiento y exigieron su tratamiento artículo por artículo, planteo que fue aceptado por el bloque del FpV. Al momento de votarse el artículo 2°, el sistema electrónico no registró el voto de 21 diputados, entre ellos los de los diputados Juan Carlos Forconi (FpV) y Alicia Comelli (MPN), quienes inmediatamente manifestaron a viva voz su voluntad de votar en forma afirmativa, con lo cual el artículo resultó aprobado por 130 votos. El reglamento contempla la posibilidad de que un diputado pueda aclarar inmediatamente a viva voz su voto en caso de un error en el registro del mismo, así como exige que los legisladores que deseen abstenerse lo deban informar previamente a la Presidencia, cosa que no ocurrió en ninguna de
las 21 abstenciones mencionadas. No obstante, con posterioridad y a fin de subsanar posibles controversias, luego de la votación de la totalidad del dictamen, a solicitud del jefe del bloque FpV, se repitió la votación del artículo 2°, registrándose a través
del sistema electrónico el mismo resultado: 130 votos afirmativos. Más allá de que la votación en particular se realizó según la metodología solicitada por los bloques opositores, la mayor parte de sus miembros no cumplieron con la responsabilidad cívica y el deber republicano de mantenerse en sus bancas para, por medio del debate -esencia misma de la democracia-, poder fijar posición sobre cada uno de los artículos para su posterior votación.
Por último, es preciso reafirmar que la totalidad de los artículos votados en particular -32- del referido dictamen que modifica la integración y elección de los miembros del Consejo de la Magistratura, recibieron aprobación “por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros” de la Cámara, tal como lo requiere expresamente los artículos 77 y 114 de la Constitución Nacional.

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