Condena a las Juntas Militares. Por Mario Pizarro
Al cumplirse el segundo aniversario del retorno de la democracia argentina, el Dr. León Arslanián, presidente de la Cámara Federal de Apelaciones, leyó la sentencia a los acusados, todos ellos miembros de las Juntas Militares, por los delitos cometidos durante la dictadura que encabezaron entre 1976 y 1983. Las condenas consistieron en: reclusión y prisión perpetua para Jorge Videla y Emilio Massera respectivamente; 17 años de cárcel a Roberto Viola; 8 años para Armando Lambruschini y 4 años y 6 meses de prisión a Orlando Agosti.
Los acusados Omar Graffigna, Leopoldo Galtieri, Jorge Isaac Amaya, y Basilio Lami Dozo no fueron condenados en esta instancia por no haberse podido probar los delitos que se les imputaban. No obstante, a todos ellos, a los que se les sumaba Reynaldo Bignone, se los proceso por la redacción del llamado «Documento Final sobre la Lucha contra la Subversión y el Terrorismo», y la sanción de una ley de «autoamnistía». La razón jurídica utilizada para abrir este juicio fue que estos documentos consistían en un acto de encubrimiento de los delitos cometidos.
Por las características que tuvo esta condena a las juntas militares realizada por un gobierno democrático constituyó un hecho sin precedentes en el mundo, ya que contrastó fuertemente con las «transiciones negociadas» que tuvieron lugar en aquellos años en Uruguay, Chile, Brasil, España, Portugal y Sudáfrica.
En 1990 los miembros de las Juntas Militares condenados fueron beneficiados por un indulto firmado por el presidente Carlos Menem.