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Cuáles son los primeros decretos que publicó el Gobierno de Javier Milei

El Gobierno publicó los primeros decretos del flamante presidente Javier Milei, incluido el DNU que modificó la estructura del Gabinete.

En la primera edición del Boletín Oficial de la gestión de La Libertad Avanza, se dieron a conocer los trece decretos que rubricó el jefe de Estado tras tomar posesión del cargo.

Uno de esos documentos es el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 8/2023, que estableció la reducción de los 19 ministerios a nueve: Interior; Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; Defensa; Economía; Infraestructura; Justicia; Seguridad; Salud; y Capital Humano.

Además, se publicaron las designaciones de los encargados de esas áreas: Nicolás Posse (Jefatura de Gabinete), Guillermo Francos (Interior), Diana Mondino (Cancillería), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Russo (Salud), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Guillermo Ferraro (Infraestructura) y Sandra Pettovello (Capital Humano).

También se oficializó a Karina Milei como secretaria general de la Presidencia. Es decir, Milei modificó un decreto que prohibía la designación o contratación de familiares en el Gobierno.

El Decreto 12/2023 de la nueva gestión presidencial, publicado en el Boletín Oficial, plantea la necesidad de «limitar la prohibición establecida mediante el Decreto Nº 93/18 a aquellas designaciones o contrataciones que se efectúen en el marco de las Leyes Nros. 20.744 y 25.164 y del Decreto Nº 1109/17, exceptuándose, de esta manera, los nombramientos que el Presidente de la Nación realiza en virtud de las facultades que le son conferidas por la Constitución».

En tanto, el siguiente decreto, 13/2023, que lleva la firma del presidente Javier Milei y del flamante jefe de Gabinete, Nicolás Posse, designa en el cargo de secretaria General de la Presidencia de la Nación a la hermana del mandatario, Karina Milei.

El decreto 93/2018, firmado por el entonces presidente Mauricio Macri, establecía que «no podrán efectuarse designaciones de personas, bajo cualquier modalidad, en todo el Sector Público Nacional, que tengan algún vínculo de parentesco tanto en línea recta como en línea colateral hasta el segundo grado, con el Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y demás funcionarios con rango y jerarquía de Ministro».

Además, precisaba que quedaban incluidos en la norma el cónyuge y unión convivencial. Esta modificación tiene como objetivo evitar los conflictos de interés y garantizar la transparencia en el funcionamiento del Sector Público Nacional.

En concreto, esta modificación tiene los siguientes efectos:

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