7 de noviembre de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

De qué se trata el «Protocolo sanitario de prevención COVID-19» de cara a las Legislativas 2021

No queda mucho para las próximas Legislativas 2021, y por como se presenta el panorama los argentinos concurrirán a las urnas aun con la Pandemia circulando.  Con la incertidumbre de si la «Cepa Delta» llegará para entonces y las expectativas puestas en el calendario de vacunación, la Cámara Nacional Electoral ya dispuso de un  protocolo sanitario para la jornada electoral.

En NCN repasaremos algunos de los puntos trascendentales del mismo donde, entre otras cosas, se detalla la existencia de una franja horaria prioritaria para personas que integren grupos de riesgo y «facilitadores sanitarios» que harán cumplir las medidas.

Estas disposiciones fueron tomadas entre la Dirección Nacional Electoral del Ministerio de Interior y el Ministerio de Salud, y aprobadas mediante la Acordada Extraordinaria N.º 83, informó la Cámara en un comunicado.

El «Protocolo sanitario de prevención COVID-19 – Elecciones nacionales 2021″ establece medidas sanitarias y organizativas para evitar contagios de coronavirus durante las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 12 de septiembre y las Generales del 14 de noviembre.

Las medidas

Para evitar la aglomeración de personas y reducir el aforo, se procurará no habilitar más de ocho mesas de votación por establecimiento.

Implementación de una franja horaria prioritaria entre las 10.30 y las 12.30 para personas que integren grupos de riesgo.

Utilización de elementos de protección personal e higiene y capacitación de las autoridades de mesa «preponderantemente por medios no presenciales».

Incorporación de la figura del facilitador sanitario, cuya función será hacer cumplir las medidas sanitarias para la prevención de coronavirus.

En cada distrito, la Justicia Federal con competencia electoral determinará el procedimiento de emisión del voto para los y las electoras que presenten síntomas evidentes compatibles con COVID-19 y que exijan ejercer su derecho al sufragio.

La Cámara Nacional Electoral pidió la colaboración de los partidos políticos para el correcto desarrollo del proceso electoral. En ese sentido, exhortó a las agrupaciones políticas a que, con el objeto de reducir el aforo de los establecimientos de votación, mantengan «simultáneamente dentro de cada establecimiento de votación la cantidad mínima necesaria de fiscales partidarios». Además, pidió minimizar la manipulación de los sobres de votación.

Facilitadores sanitarios

El 31 de julio pasado, la Dirección Nacional Electoral definió las funciones y el alcance de las tareas que cumplirán los más de 17 000 facilitadores sanitarios que se desempeñarán, por primera vez, en las elecciones PASO y en las generales de noviembre, debido a la pandemia de COVID-19.

En esa oportunidad, la directora nacional electoral, Diana Quiodo, explicó que «la situación sanitaria obligó a buscar la forma de garantizar las condiciones más seguras para realizar estas elecciones» y dijo que el facilitador sanitario «será un integrante del Comando General Electoral».

«Por lo tanto, será un miembro de las Fuerzas Armadas o de Fuerzas de Seguridad nacionales», precisó Quiodo. Las personas que cumplan con esas tareas contarán con una identificación distintiva que facilitará su reconocimiento y tendrán dedicación exclusiva.

Así, el facilitador sanitario tendrá como tarea ordenar el ingreso de votantes para no saturar la capacidad interna del local, constatar el uso de tapabocas, hacer respetar el distanciamiento social de 2 metros entre las personas y controlar que se cumpla la capacidad máxima de concurrencia en los locales de votación. Además, deberán controlar y alentar el respeto de las normas sociales de contacto físico en pandemia, evitar aglomeraciones de personas, sobre todo en espacios cerrados, y hacer respetar las filas en el exterior, observando las medidas preventivas.

Padrón

El texto de la acordada de la Cámara Nacional Electoral también ratificó en su artículo 9 que la consulta al padrón y la recepción y tramitación de los reclamos estará habilitada en todo el país por vía digital, «a través del sitio www.padron.gob.ar, en los plazos previstos por el cronograma electoral». En ese contexto, dispuso que «se incorpore al portal habilitado para consulta al Registro de infractores y solicitudes de justificación de no emisión del voto (infractores.padron.gob.ar) las causales específicas de justificación de no emisión del voto», para que «soliciten a través de Internet la justificación de la no emisión del voto quienes, a la fecha de la elección, estén cumpliendo protocolos de aislamiento de COVID-19».

Mismo horario, pero con más escuelas

Como lo informó a fines de abril último el Ministerio de Interior de la Nación, que encabeza Eduardo “Wado” De Pedro, el Gobierno evalúo con la CNE el aumento “en un 30%” de la cantidad de establecimientos de votación, “con el objetivo de disminuir la concentración de personas y los riegos para autoridades de mesa”.

El aumento en la cantidad de centros de votación es un acuerdo firme entre el Gobierno y la CNE, así como mantener sin cambios el horario de votación habitual: tanto el 12 de septiembre (elecciones PASO) como el 14 de noviembre (generales) las escuelas abrirán a las 8 y cerrarán a las 18 horas.

El protocolo que la CNE aprobó por acordada este martes establece que “se procurará reducir la cantidad de mesas por establecimiento de votación y aumentar la cantidad de establecimientos de votación habilitados, a fin de reducir la cantidad de personas por establecimiento y evitar la aglomeración de electores”.

¿Qué pasa si ese día tengo ovid-19, soy contacto estrecho o tengo síntomas?

El artículo 37 de la Constitución nacional establece que el voto es “universal, igual, secreto y obligatorio” y el artículo 23, inciso b, de la Convención Americana de los Derechos Humanos dice que todos los ciudadanos tienen derecho a “votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto”.

Es decir que, en la Argentina, votar no solamente es un derecho político sino un deber. Sin embargo, la regla mundial para quienes tienen Covid-19 y para quienes son contacto estrecho de infectados es aislarse.

La Cámara Nacional Electoral (CNE) dictó una acordada, número 83 de 2021, en la que dispone que los jueces con competencia electoral de cada uno de los 24 distritos determinarán “el procedimiento de emisión del voto para aquellos electores que exhiban síntomas evidentes compatibles con COVID-19 y que exijan ejercer su derecho al sufragio, preservando la salud de las demás personas”.

Entre las medidas que se evaluaban inicialmente entre el Poder Ejecutivo y la Justicia era incorporar una “mesa Covid”, es decir “un cuarto oscuro específico, con medidas adicionales de ventilación e higiene, y con la posterior sanitización de la mesa y todo el ambiente”, para no coartar el derecho a voto de los electores. Pero finalmente la decisión de cómo podrían votar contactos estrechos, personas con síntomas o personas con COVID-19 quedará en manos de cada juez electoral.

“Disponer que, en caso de presentarse a sufragar un elector que exhiba síntomas evidentes compatibles con COVID-19 o que por cualquiera otra circunstancia conformare un caso sospechoso de COVID-19 en los términos de lo previsto por las normativas sanitarias vigentes, será informado de que se encuentra justificada su no emisión del voto y que debe retirarse a cumplir aislamiento preventivo”, dice la última acordada de la CNE.

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