7 de noviembre de 2024

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Diputados: Buscan emitir dictamen favorable al proyecto contra el acoso laboral

Las comisiones de Relaciones Exteriores y Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados buscarán emitir dictamen el próximo miércoles sobre el proyecto de ley que propone ratificar el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre violencia y acoso en el mundo del trabajo.

La iniciativa, enviada en mayo por el Poder Ejecutivo, busca ratificar el Convenio 190, adoptado en junio de 2019 por el organismo internacional, sobre eliminación de la violencia de género en el mundo laboral.

El proyecto fue aprobado por el Senado el 24 de junio pasado y en agosto fue detallado ante un plenario de comisiones de Diputados por la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.

«La aprobación de esta ley resulta coherente con la política exterior de Argentina en Derechos Humanos y en materia de Género. Es el primer instrumento internacional que aborda específicamente la violencia de género y el acoso en el ámbito laboral y que define el alcance concreto de las obligaciones estatales», explicó la funcionaria en esa oportunidad.

Al enviar el proyecto al Parlamento, desde el Poder Ejecutivo el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, expresó que «con este proyecto de ley enviado por el presidente Alberto Fernández, nuestro país se pone a la altura de lo que nuestra historia manda».

«Estamos a la vanguardia de la protección de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, debiendo adecuar la legislación al contenido del Convenio 190 procurando cuidar de la violencia laboral a las y los trabajadores que vivan en nuestro país», subrayó el funcionario.

El Convenio 190 de la OIT fue aprobado en la Conferencia Internacional del Trabajo que se realizó en Ginebra en junio de 2019 por representantes de gobiernos, sindicatos y empresas de los 187 países miembros del organismo. La norma proporciona un marco claro para la adopción de medidas y brinda la posibilidad de forjar un futuro del trabajo sobre la base de la dignidad y el respeto, exento de violencia y acoso.

Si bien las definiciones de «violencia y acoso» varían de país a país, la OIT definió esos conceptos como «un conjunto de comportamientos y acciones inaceptables» que «tengan por objeto provocar, ocasionen o sean susceptibles de ocasionar, daños físicos, psicológicos, sexuales o económicos».

De ese modo, se abarcan el abuso físico o verbal, la intimidación y el hostigamiento, el acoso sexual, las amenazas y el acecho, sin perjuicio de otros actos.

La norma contempla que el trabajo no siempre se realiza en un lugar físico específico y, por lo tanto, sus disposiciones abarcan las comunicaciones profesionales, en particular las que tienen lugar mediante las TIC, concluye el comunicado oficial.

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