12 de noviembre de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Diputados estudia un proyecto de mayor autonomía para la UIF

Esta tarde, un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados debatirá un proyecto promovido por el Poder Ejecutivo para reformar la ley de prevención y persecución contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo, el cual busca otorgar mayor autonomía y autarquía funcional, administrativa, económica y financiera a la Unidad de Información Financiera (UIF).

La iniciativa, promovida y girada en junio pasado por el Poder Ejecutivo, ampliaría la cantidad de operaciones que se deben informar, como por ejemplo, las transacciones de activos virtuales, lo que incluiría también a las criptomonedas.

Entre otros puntos, el proyecto establece también que se deberá informar a la UIF las operaciones de activos virtuales, incluyendo además a las criptomonedas.

La iniciativa girada en junio pasado por el Gobierno será estudiada en un plenario de las comisiones de Legislación General, y Finanzas, que presiden los oficialistas Lucas Godoy y Alicia Aparicio. Al respecto, el Poder Ejecutivo indicó que, para su diseño, se basó en estrategias regionales y se nutrió de instrumentos internacionales, como el Grupo de Acción Financiera Internacional, organismo que tiene por delante este año una revisión del rendimiento de la UIF.

El proyecto contempla diversas reformas al Código Penal y a la ley vigente sobre prevención de activos y financiación del terrorismo, pero una de las más importantes es que convierte a la UIF en un organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, en jurisdicción del Ministerio de Economía, con personería jurídica propia, que funcionará con autonomía y autarquía funcional, administrativa, económica y financiera.

Asimismo, se amplía la cantidad de operaciones que se deben informar a la UIF. Sobre este punto se dispone la incorporación de los proveedores de servicios de activos virtuales, a las personas humanas o jurídicas que realizan en nombre de un tercero, custodia y administración de efectivo o valores líquidos, abogados y proveedores de servicios societarios y fiduciarios.

Entre los fundamentos, explican que “se agregan al plexo de sujetos los proveedores de servicios virtuales en línea con los riesgos que representa la utilización de los activos virtuales, conforme estándar internacional vigente y glosario general del GAFI. En efecto, los activos virtuales representan un negocio en expansión en todo el mundo y han cobrado enorme relevancia económica en los últimos tiempos, conllevando riesgos para el sistema de prevención y lucha contra el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas (LA/FT/FP)».

Por último, advierten que las “transacciones con activos virtuales, permiten en instantes el movimiento transfronterizo de activos, involucrando entidades de diferentes países y facilitando la participación de jurisdicciones que podrían no poseer controles adecuados en materia preventiva, características que dificultan a los sujetos obligados la detección de operaciones sospechosas«.