21 de noviembre de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

El Gobierno envió al Congreso una reforma integral para combatir el crimen organizado

El Gobierno envió al Congreso una reforma integral de leyes para abordar el crimen organizado en la Argentina.

El conjunto de herramientas normativas incluye una nueva Ley Antimafias, la creación de un Registro Nacional de Datos Genéticos, la incorporación del concepto de “reiterancia” y modificaciones a la unificación de condenas, concurso de delitos, legítima defensa y cumplimiento del deber.

La nueva Ley Antimafias apunta contra las organizaciones criminales y se diseñó para aplicarla a varios delitos. “La ley contra las organizaciones criminales, cambia de cuajo el modelo que hoy significa que vayamos agarrando hormiguita por hormiguita. Ahora vamos por el hormiguero”, graficó Bullrich cuando presentó en marzo el proyecto en Casa Rosada.

Ley Antimafias

Este instrumento, a grandes rasgos, contempla cuatro aspectos claves, según informaron desde el Gobierno en un comunicado:

Se delimita la procedencia del delito para la aplicación de la ley a la comisión de hechos que involucren tipos penales específicos como: tráfico ilícito de estupefacientes, lavado de activos, homicidios, lesiones, pornografía infantil, privación ilegítima de la libertad, secuestro, coacción, amenazas, extorsión, trata de personas, tráfico de órganos, intimidación pública, incendios, estragos y tenencia ilegal de armas o explosivos y que estén relacionados con los objetivos de una organización criminal. Se contempla una pena más alta de 8 a 20 años de prisión o reclusión por la mera pertenencia a la asociación.

En segundo lugar crea la figura de la Zona de Investigación Especial, con el objeto de establecer mecanismos de actuación ágiles para los diversos poderes del Estado, lo que posibilitará una respuesta más rápida y efectiva en el marco de la actuación operativa y de investigación.

La pena por delito más grave que le corresponda a quien cometió el hecho también se aplicará a todos los miembros de la organización. Para menguar los recursos de las organizaciones criminales, se contempla la extinción de dominio de cualquier bien que sea producto de sus actividades para su inmediata transferencia al dominio del Estado Nacional.

El proyecto incorpora el concepto de reiterancia. Hoy la ley vigente, considera reincidente a toda persona que fue condenada dos o más veces a una pena con privación de la libertad efectiva. Con la introducción de la reiterancia, ya no será condición que las condenas hayan sido cumplidas. Si concurren dos hechos independientes, las penas se suman de manera aritmética, hasta un máximo de 50 años.

Nuevo Registro de Datos Genéticos

En este punto, se propone ampliar el alcance del actual Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, que funciona en la órbita del Ministerio de Justicia, con la creación del “Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados con la investigación criminal”, en el ámbito del Ministerio de Seguridad. De esta manera, se extiende el registro a todos los delitos y no únicamente a los cometidos por ofensores sexuales.

Se prevé poder comparar las huellas genéticas que se obtengan en la escena del hecho con el perfil genético de los imputados y condenados, agilizando así todos los procesos para alcanzar Justicia.

Orden público y legítima defensa

Considerando que en muchas oportunidades los efectivos de las fuerzas de seguridad se vieron inhibidos de actuar ante la posibilidad de resultar imputados, señalan desde el Gobierno, el proyecto de ley apunta a la actualización del Código Penal en varios aspectos: pone la mirada en la víctima de los delitos y en su derecho a repeler los ataques y en el resguardo legal dentro del cual las fuerzas del orden puedan actuar en cumplimiento de su deber sin comprometer su carrera.

“Desde esta mirada, la legítima defensa es un derecho de las personas que proviene de su derecho a la vida y a la integridad, ante una situación que las pone en riesgo”, indican los fundamentos del proyecto.

Además, se amplía el marco legal vigente para resguardar al que se defiende de quien escala el muro de su casa, situación que exigía que esto se hubiera producido solo durante la noche, ahora se extendería a cualquier hora del día y no solo en el domicilio, sino también en el trabajo, como podría ser una oficina, comercio o establecimiento.