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El Gobierno reglamentó la «Ley Lucio»

Sesi—n Ordinaria en el Senado de la Naci—n, el 13 de abril del 2023, en Buenos Aires; Argentina. (Fotos: SOFIA ARECO/Comunicaci—n Senado).-

A través del Decreto 360/2023, publicado en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Agustín Rossi, y la ministra de Desarrollo Social Victoria Tolosa Paz, el Gobierno reglamentó la Ley 27.709. Se trata de la creación del Plan Federal de Capacitación sobre Derechos de Niñas, Niños, y Adolescentes de carácter continuo, permanente y obligatorio destinado a las personas que se desempeñan en áreas y dependencias de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado Nacional, conocida como «Ley Lucio», aprobada tras el asesinato del niño de 5 años Lucio Dupuy que sufrió una brutal golpiza por parte de su madre y de su pareja.

De esta manera, la Secretaría de Niñez, Adolescente y Familia (Senaf) del Ministerio de Desarrollo Social, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley, queda facultada para celebrar los acuerdos o convenios necesarios para impulsar un Plan Federal de Capacitación con los organismos o dependencias de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado Nacional.

Los convenios de capacitación previstos pueden extenderse a administraciones provinciales y municipales y organizaciones sociales, deportivas, recreativas y culturales, que forman parte corresponsable del Sistema Integral de Promoción y Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para impartir las capacitaciones. De acuerdo con lo señalado, el incumplimiento de las capacitaciones será “considerado falta grave y dará lugar a las sanciones correspondientes conforme la normativa vigente en materia de Empleo Público Nacional«.

Cabe recordar que la Ley Lucio fue sancionada el pasado 13 de abril por el Congreso Nacional.

Según su reglamentación, la Senaf debe elaborar dentro del plazo de 90 días de la publicación del Decreto un curso de formación inicial para la promoción del buen trato, prevención y detección temprana de la violencia contra niños, niñas y adolescentes (NNyA) y difusión de recursos para asesoramiento, abordaje y denuncia de situaciones de violencia. En sus artículos, la ley plantea la protección de los denunciantes en los casos de posible vulneración, procurando “la reserva de identidad del denunciante y la protección de su integridad”.

La ley enfatiza en el deber de comunicar una vulneración o amenaza de derechos y el deber de recibir y tramitar una denuncia por parte del funcionario público, conforme lo establecido en la ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de NNyA y la 27.455 de Abuso en la Infancia. La Senaf deberá propiciar un relevamiento de los distintos mecanismos existentes en cada una de las jurisdicciones sobre el resguardo de la identidad y protección de la integridad del o de la denunciante tanto en sede administrativa como judicial.


La ley prevé la elaboración de campañas de concientización anuales sobre la promoción y protección de los derechos de NNyA, a cargo de la Senaf, con el objetivo de sensibilizar a la ciudadanía.

El proyecto de ley surgió luego del asesinato de Lucio, un niño de cinco años, en noviembre de 2021 en Santa Rosa, La Pampa, hecho por el que fueron juzgadas y condenadas a perpetua su madre, Magdalena Espósito Valenti, y la pareja de ésta, Abigail Páez.

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