17 de noviembre de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

El Ministro Arroyo sobreseído en causa de sobreprecios

El juez federal Sebastián Casanello dispuso el sobreseimiento del ministro de Desarrollo Social, Daniel Arroyo, en la causa penal por presuntos sobreprecios en compras de alimentos durante la pandemia de coronavirus, tras descartarse la existencia de delito, informaron fuentes judiciales.

En la causa, el fiscal federal Guillermo Marijuán ya había dictaminado a favor del sobreseimiento del ministro Arroyo y otros imputados en esa causa, al descartar la existencia de sobreprecios en compras de alimentos durante la pandemia de coronavirus.

En su dictamen entregado al juez Casanello a principios de febrero, el fiscal pidió sobreseer a Arroyo y a otros 15 denunciados.

Ahora, en el mismo sentido, el magistrado sobreseyó al titular de la cartera de Desarrollo Social.

«De un análisis de las contrataciones por emergencia objeto de investigación y el resultado de las diligencias adoptadas durante la instrucción del sumario, esta parte no advierte la comisión de conducta ilícita alguna por parte de los funcionarios del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y los responsables de las empresas jurídicas intervinientes«, había concluido el fiscal.

La denuncia había sido presentada el 20 de abril del año pasado por el titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, Sergio Rodríguez, para que se investigaran posibles irregularidades en contrataciones directas por emergencia autorizadas por el Ministerio de Desarrollo Social.

Las compras cuestionadas fueron de aceite comestible, fideos, azúcar, lentejas y arroz, tramitadas en cinco expedientes.

Las contrataciones se hicieron por un total de 543.408.400 de pesos y en la denuncia la PIA sostuvo que habrían sido adjudicadas a «un grupo reducido de empresas» que «en su mayoría- cotizaron por encima del precio testigo proporcionado por la Sindicatura General de la Nación»

Pero la fiscalía sostuvo que a través de diversa prueba ordenada «se documentó « el funcionamiento de las sociedades referenciadas, tratándose en algunas de ellas de depósitos, oficinas comerciales o viviendas vinculadas con las firmas».

Además se informó a la fiscalía «que el precio fijado correspondía al valor medio de mercados mayoristas y distribuidoras para cada producto, todo ello calculándose con las condiciones de contratación previstas en el Pliego de Bases y Condiciones».

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