El Senado de la Nación aprobó hoy, y convirtió en ley, un proyecto venido en revisión de la Cámara de Diputados, que modifica la ley de anticoncepción quirúrgica, para incluir a las personas con discapacidad el derecho de expresar su voluntad para acceder a la realización de las prácticas denominadas «ligadura de trompas de Falopio» y «ligadura de conductos deferentes o vasectomía».
El proyecto fue apoyado por unanimidad.
Con 51 votos afirmativos queda aprobado, por unanimidad, el proyecto que modifica la ley 26.130 de “régimen para las intervenciones de contracepción quirúrgica” sobre los servicios de sistema de salud para personas con discapacidad
— Senado Argentina (@SenadoArgentina) December 9, 2021
La iniciativa busca poner la legislación a tono con lo dispuesto sobre capacidad de las personas en el Código Civil y Comercial vigente y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
El Código Civil y Comercial de la Nación vigente adopta una nueva concepción sobre la capacidad, y establece que «no es un atributo que se le otorga o se le quita a una persona sino un derecho humano y en consecuencia la incapacidad se prevé como excepción debiendo mediar sentencia judicial».
A través de la iniciativa, se obliga a la autoridad de aplicación «a dar información accesible a las personas con discapacidad según sus necesidades, de manera que comprendan acabadamente en qué consiste la intervención y cuáles son las consecuencias de realizarla».
También, se prevé como obligación la de brindar los apoyos y salvaguardas, para que las personas con discapacidad atraviesen la intervención, en caso de que decidan someterse al procedimiento, siendo informadas a lo largo de todo el proceso y asistidas para que no se encuentren indefensas o se sientan aisladas de la toma de decisiones paso a paso, respetándose su dignidad y su autonomía.