8 de noviembre de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

En qué consiste el juicio político y qué antecedentes existen (videos)

En las últimas horas, y tal como anunció NCN, desde el bloque de Juntos por el Cambio, solicitaron un pedido de juicio político contra el Presidente de la Nación, Alberto Fernández. Tras sus declaraciones, en un programa de televisión, donde el Jefe de Estado sostuvo que “Nisman se suicidó, espero que el fiscal Luciani no haga algo así”.

Pero ¿En qué consiste y cuáles son las causales de juicio político?

En principio vale aclarar que no es el primero que recibe el actual Presidente. Ya sucedió en Agosto del año pasado y tras la la difusión de los listados de ingresos a la Quinta de Olivos y la publicación de fotos de encuentros sociales protagonizados por Fernández y la Primera dama, Fabiola Yánez.

Entonces, también Diputados de Juntos por el Cambio presentaron ante el Congreso un pedido «por mal desempeño y por la eventual comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público en el ejercicio de sus funciones».

Técnicamente hablando, el juicio político es el método de remoción de las máximas autoridades del país. La Constitución nacional establece que los funcionarios sujetos a este tipo de investigación son el presidente, el vicepresidente, el jefe de gabinete, los ministros del gabinete nacional y los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Este juicio público está a cargo del Congreso de la Nación.

El juicio es político y, por eso, su desenlace tiene sólo consecuencias de ese tipo: su único objeto es la destitución de un funcionario o su inhabilitación para ejercer cargos públicos. Así lo sostiene el artículo 60 de la Constitución: “Su fallo no tendrá más efecto que destituir al acusado, y aun declararle incapaz de ocupar ningún empleo de honor, de confianza o a sueldo en la Nación”. La responsabilidad penal del funcionario, sostiene este artículo, queda a cargo de los tribunales ordinarios.

Las causales de juicio político, explicó Andrés Gil Domínguez, profesor titular de Derecho Constitucional en la Universidad de Buenos Aires (UBA), son 3. “El mal desempeño de las funciones, que es una causal subjetiva y, por otro lado, la comisión de delitos en ejercicio del cargo o por fuera de la función pública, que son 2 causales objetivas que requieren una condena previa”, explicó el especialista.

¿Quién decide y cómo es el procedimiento?

La Cámara de Diputados es quien ejerce la acusación, con una mayoría de 2 tercios de los presentes, ante el Senado, que con la misma mayoría juzga al acusado por Diputados. Antes de eso, el pedido de juicio político, que puede ser presentado por un funcionario o por un particular, debe ingresar por la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados, que actualmente preside la diputada oficialista por Entre Rios,  Ana Carolina Gaillard.

En la Comisión se decide qué denuncias son admisibles y cuáles no. Recién cuando se considera admisible la denuncia, esa Comisión inicia un sumario que puede incluir la citación de testigos, la solicitud de información a jueces federales, el pedido a un juez para que ordene interceptar conversaciones telefónicas y la declaración del propio imputado. Concluida la investigación, la Comisión debe emitir un dictamen, con la mitad más uno de los miembros presentes, para que se desestime o se inicie el juicio político en la Cámara de Diputados.

Si los dos tercios de la Cámara baja aprueban el dictamen, la misma Cámara debe elegir a uno o dos diputados que serán los que presenten la acusación ante el Senado. La Cámara alta, por su parte, decidirá por dos tercios de los presentes si destituye o absuelve al acusado. La Constitución establece, además, que si el acusado es el Presidente de la Nación, el Senado debe ser presidido por el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación durante este proceso.

¿Qué antecedentes existen?

La institución del juicio político no es una herramienta muy utilizada en la Argentina. Si bien existen muchas denuncias realizadas en las últimas décadas, la mayoría queda archivada en la Comisión de Juicio Político de la Cámara baja.

La Comisión registra poca actividad en los últimos años. En casi todos los casos, se reúne únicamente para la designación de nuevas autoridades. Según consta en la web de la Cámara de Diputados, la última vez que la Comisión dio tratamiento en profundidad a un expediente fue a mediados de 2015.

En aquella oportunidad, el Frente para la Victoria impulsó una investigación para “evaluar la capacidad psicofísica” del ex ministro de la Corte

Si bien tiene poca actividad, la Comisión recibió casi 250 denuncias desde 1999. En casi la totalidad de los casos, la causal elegida por los denunciantes es la de mal desempeño en el ejercicio de las funciones.

Según datos del propio Congreso, en 2021, se presentaron 6 pedidos de juicio político: 3 contra el Presidente (uno de ellos incluye a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner); uno contra el jefe de Gabinete de la Nación, Santiago Cafiero; otro contra el ministro de Educación de la Nación, Nicolás Trotta; y uno contra el juez de la Corte Ricardo Lorenzetti.

La última vez que el Congreso destituyó a funcionarios mediante juicio político fue cuando se inició el cambio de la Corte Suprema en el comienzo del gobierno de Kirchner, que impulsó el juicio político de 5 de los 9 jueces del máximo tribunal que había conformado Carlos Menem: Julio Nazareno, Guillermo López, Adolfo Vázquez, Eduardo Moliné O’Connor y Antonio Boggiano. Sin embargo, Nazareno, López y Vázquez renunciaron durante el proceso de enjuiciamiento para evitar la destitución.

(Video Gentileza ArchivoFilm)

Moliné O’Connor fue destituido en diciembre de 2003. La Cámara de Diputados lo había acusado por 9 cargos y el Senado alcanzó la mayoría necesaria de dos tercios de los presentes en 2 de esas 9 acusaciones. No alcanzó esa mayoría, sin embargo, para dictar la inhabilitación para ocupar cargos públicos.

(Video Gentileza A. Santiago)

El último caso se dio en 2005. En septiembre de ese año, el Senado destituyó a Boggiano. En este caso, se alcanzó la mayoría en 6 de las 14 acusaciones y además se resolvió la inhabilitación por tiempo indeterminado para ocupar cargos públicos.