Escrutinio: la Justicia habilita a cada partido a designar un fiscal para controlar en Buenos Aires
La Justicia Federal con competencia electoral de la provincia de Buenos Aires dispuso hoy que cada alianza política podrá designar un fiscal por escuela para que el domingo próximo, en las PASO, pueda «presenciar y fiscalizar» el escaneado y la transmisión de datos para el escrutinio provisorio, modalidad que se utilizará por primera vez en estas primarias.
Así lo dispuso a través de una resolución dictada por el juez federal subrogante con competencia electoral de La Plata, Adolfo Gabino Ziulu, quien garantizó así «la presencia de un fiscal por cada lista en el interior del aula o recinto desde el que se efectúe esa transmisión, a fin de que verifique las operaciones respectivas», que permitirán realizar el conteo provisorio de votos que, aunque sin validez legal, es vital para dar certezas con cierta rapidez sobre los resultados en las urnas.
«En aquellos locales de votación en los que se efectúe, a su vez, el escaneado y transmisión de datos con destino al escrutinio provisorio a cargo de la Dirección Nacional Electoral y del Correo Argentino, las listas podrán designar, además, un fiscal por escuela al solo y único efecto de presenciar y fiscalizar dicha operación», indicó la resolución.
Se trata de la mecánica establecida por la Dirección Nacional Electoral, dependiente del Ministerio del Interior, para la realización del escrutinio provisorio tanto en las PASO de este domingo como en las elecciones generales del 27 de octubre y en un eventual balotaje.
La nueva normativa significa un cambio en relación al sistema de conteo provisorio de votos que se venía aplicando hasta 2017, cuando se procedía al traslado físico de telegramas desde los centros de votación para su posterior escaneo.
En su resolución de hoy Ziulu estableció que el fiscal designado por cada espacio político para controlar el proceso de escrutinio provisorio podrá también acompañar «en la recolección previa de los telegramas al empleado de correo encargado de dicha tarea».
No obstante, aclaró que «el fiscal designado al efecto no podrá tomar contacto físico con el telegrama, debiendo limitarse a su visualización, la que no le podrá ser negada o restringida, de ningún modo, en todas las etapas de la operación».
De todos modos, la resolución judicial habilita a los fiscales de mesa a «obtener fotografía de la documentación, siempre que esto no altere, demore o dificulte el normal funcionamiento» del procedimiento estipulado.