15 de noviembre de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

«Extraña forma de entender el servicio público», por Pamela Verasay

Para constituir una república es condición necesaria, no suficiente, la división de los poderes. Un principio rector de la obra de John Locke* es la situación donde los poderes se controlan entre sí, logrando salvaguardar la soberanía entregada por el pueblo.

Dentro de esta separación de poderes, el Poder Judicial presenta en su organización, una serie de condiciones y tratamiento particulares que lo distingue de los otros dos, es que quienes pensaron la organización de nuestro país, sostuvieron que los jueces para impartir justicia debían tener características especiales y por lo tanto prerrogativas especiales que acompañaran ese cargo para el cumplimiento de sus obligaciones. Los jueces deberían ser probos, idóneos e independientes de cualquier influencia que pudiera condicionar su labor; deberían tener dedicación exclusiva, sin que ninguna otra actividad pública o privada pudiera distraerlo de su vital función, con una sola salvedad, los administradores de justicia están habilitados para enseñar, pues consideraban que la actividad docente de un juez garantizaba la excelencia y la mejora constante en el mismo sistema.

Ante tanta responsabilidad, estas prerrogativas se pensaron no como una compensación, sino como herramientas para garantizar las condiciones de independencia, transparencia y equidad en el dictado de los fallos. Algunas de estas fueron un sistema pétreo para las remociones, fueros especiales, retiro o jubilación voluntaria, remuneración acorde al alto cargo e intangibilidad de sus haberes, entre otros. Con el devenir de la historia, muchas de estas prerrogativas se fueron ampliando de acuerdo a las interpretaciones de los mismos actores judiciales; así fue que la «intangibilidad» se transformó en la exención de todo tipo de impuestos y cargas sociales; la posibilidad de tomarse licencia cuando lo consideran necesario, se transformó en la discrecionalidad de asistir a cuanta convención, capacitación o charla que se pueda dar en el mundo; la posibilidad de dictar su propio calendario de trabajo devino en licencias anuales y la paralización del sistema judicial durante un mes y medio; el tener un salario acorde a la función se transformó en la posibilidad única de indexar y actualizar sus haberes de forma automática sin el requisito de discutir ni acordar con otros los poderes. Y así podríamos seguir describiendo como, a mi entender, se pasó de un sistema de garantías para la administración de justicia independiente a un esquema de privilegios que no tiene justificación.

Hoy nos enteramos de que el Señor Juez de la Suprema Corte Omar Palermo, ganó una beca muy prestigiosa para poder ir a estudiar a Alemania y con tal fin tomará una licencia de seis meses. Sería conveniente reflexionar sobre el sentido de la oportunidad y el mensaje que se le transmite a la sociedad, que critica y desconfía de los privilegios del Poder Judicial. Ausentarse durante 6 meses con la excusa de perfeccionarse es por lo menos, cuestionable. ¿Cómo puede ser que un miembro del máximo tribunal se toma el tiempo de buscar, postular, acceder a los requisitos, estudiar y desarrollar las propuestas para ese post doctorado sin desatender sus obligaciones?, tratándose de una persona que está en la cumbre de todo el sistema judicial de la Provincia.

Si muchos ciudadanos cuestionamos la licencia otorgada al Juez Palermo, es para proteger al Poder Judicial, es probable que el accionar del Juez haya causado más perjuicios que beneficios a los ciudadanos mendocinos. Su exégesis del abolicionismo es una promesa de impunidad a favor del delincuente. No obstante, esta opinión sobre su labor, el Juez de la Corte tiene un compromiso con los ciudadanos para impartir justicia, ya que forma parte de una de las tres cabezas en las que se divide el poder del estado. Uno pudiera esperar, diferencias profundas al margen, una mayor compresión de su parte por la importancia del lugar institucional que ocupa, pero el Juez tiene una extraña forma de comprender el servicio público, una bastante egoísta y enfocada en su persona.

La deformación de las condiciones especiales, devenidas en beneficio personal, dañan a un poder fundamental de la República, si siente que el máximo cargo no está a la altura de sus expectativas personales no estaría de más un paso al costado.

*Jhon Locke: Filósofo, pensador y teórico político del Siglo XVII, autor de una valiosa bibliografía entre esta: Dos tratados sobre el gobierno civil, en el segundo de los tratados desarrolla la teoría de la división de los poderes del estado, en poder legislativo, ejecutivo y judicial.

PAMELA VERASAY

Senadora Nacional por Mendoza (UCR-Cambiemos)

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