Humanidad: La cámara baja emitió dictamen sobre derechos de enfermos terminales y acompañamiento a aislados por Covid
La comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados emitió dictamen favorable a un proyecto que avala el derecho de los pacientes terminales a rechazar «procedimientos quirúrgicos o de reanimación artificial» que no mejoren su estado y establece protocolos para que los familiares acompañen a quienes están internados en aislamiento por el coronavirus.
Los diputados buscan regular diversas circunstancias de los enfermos graves y el acompañamiento, ya que ahora en muchos casos sus parientes no pueden asistir ante ellos y terminan sus últimos días sin la despedida de sus seres queridos.
Se aclara en la iniciativa que el rechazo a esos procedimientos que puedan resultar «desproporcionados en relación con la perspectiva de mejoría» no significa la interrupción de otros tratamientos «para el adecuado control y alivio del sufrimiento del paciente».
- El dictamen se redactó en base a los proyectos de legisladoras de la UCR Claudia Najul, del Frente de Todos Cristina Alvarez Rodríguez y de la Coalición Cívica Leonor Martínez Villalda.
La Comisión de Salud emitió despacho la semana pasada y ahora Legislación General respaldó ese texto, con lo cual se podrá debatir en las sesiones que se realizarán antes de fin de mes, cuando concluye el período ordinario.
El presidente de la Comisión de Salud, Pablo Yedlin, destacó el consenso que se alcanzó en ese grupo parlamentario en base a las tres iniciativas que se habían presentado y dijo que se busca «establecer los derechos del paciente del contacto con el familiar en el momento que necesite».
El proyecto establece que «los efectores de salud públicos, de la seguridad social o privados deben garantizar el derecho humano al acompañamiento de los/as pacientes internados/as en aislamiento, incluso en unidades de terapia intensiva y cuidados especiales».
Además, deberán «brindar atención centrada en la persona y la familia con respeto a su libertad y dignidad humana garantizando el derecho a la salud en sentido integral mediante un protocolo de actuación acorde a los lineamientos de la presente ley y su reglamentación».
Otro punto es que se permite al paciente con una enfermedad terminal irreversible a rechazar «procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial» o «al retiro de medidas de soporte vital cuando sean extraordinarias o desproporcionadas en relación con la perspectiva de mejoría, o produzcan un sufrimiento desmesurado».
«En todos los casos la negativa o el rechazo de los procedimientos mencionados no significará la interrupción de aquellas medidas y acciones para el adecuado control y alivio del sufrimiento del paciente«, agrega.
Establece que se deberá garantizar a los pacientes internados «el derecho al respeto de su dignidad, autonomía, intimidad, información sanitaria» y además a «contar con acompañamiento presencial de un familiar o persona allegada, de acuerdo con el protocolo del efector de salud».
Asimismo, contempla el derecho a acceder al contacto con sus familiares y seres queridos mediante dispositivos de comunicación a distancia que empleen la mejor tecnología disponible y la correspondiente asistencia al paciente para su uso en casos de aislamiento estricto por razones epidemiológicas que impidan otras soluciones.