14 de noviembre de 2024

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Informe Especial| Eutanasia: El debate que se viene en la Argentina

Sin dudas uno de los próximos debates que se avecinan en la Argentina abarca: la Interrupción Voluntaria de la Vida.  Un debate que está en la agenda de los países más vanguardistas de los últimos tiempos y que amerita que desembarque en el Congreso de la Nación prontamente.

Sin dudas se tratará de una discusión que separarlas las aguas, como lo hizo la Interrupción Voluntaria del Embarazo, puesto que de la mano de la “Eutanasia” se plantea el interrogante de si es posible prestar anticipadamente el consentimiento genérico para una práctica eutanásica ante una situación hipotética y si, en caso de hacerlo luego de recibir el diagnóstico, qué ocurriría si es errado, o si con el avance de la ciencia, aparece una cura en el transcurso de la enfermedad.

En la última semana el tema volvió a estar en la agenda, ya que en la pasada semana, desde la UCR por iniciativa de los diputados Alfredo Cornejo, Jimena Latorre y Alejandro Cacace presentaron un proyecto denominado “Buena Muerte” que busca dar un marco regulatorio a la eutanasia en nuestro país.

En NCN dialogamos en exclusiva con la Diputada Latorre, coautora de la iniciativa, quien explicó que este Proyecto “prevé que toda persona que se encuentre sufriendo una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante tiene derecho a solicitar y recibir la prestación de ayuda para morir,  requerir y acceder a la atención de la prestación de ayuda para morir, en los servicios del sistema de salud y  acceder a toda la  información necesaria para recibir la ayuda para morir”.

En este aspecto agregó que contempla “enfermedades graves e incurables o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante se considerará a la situación que hace referencia a limitaciones que inciden directamente sobre la autonomía física y actividades de la vida diaria, de manera que no permite valerse por sí mismo, así como sobre la capacidad de expresión y relación, y que llevan asociado un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable para quien lo padece, existiendo seguridad o gran probabilidad de que tales limitaciones vayan a persistir en el tiempo sin posibilidad de curación o mejoría apreciable. En ocasiones puede suponer la dependencia absoluta de apoyo tecnológico”.

“Luego como toda ley deberá ser reglamentada y los Ministerios de salud de cada una de las jurisdicciones dictarán sus protocolos de actuación. El Ministro de Salud de la Nación, los Ministros de Salud de las provincias y la ciudad de Buenos Aires, y los presidentes de las Comisiones Médicas de Asistencia y Evaluación de cada una de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se reunirán anualmente, bajo la coordinación del Ministerio para igualar criterios e intercambiar buenas prácticas en el desarrollo de la prestación de eutanasia en el Sistema de Salud Nacional” sostuvo Latorre.

La Diputada argumentó el porque es necesario que el Congreso de éste debate al considerar que “la agenda de los argentinos tiene muchos temas pendientes urgentes e importantes; nosotros como legisladores tenemos la obligación de trabajar ambos. En este caso hablamos de reconocimiento de derechos, de armonizar nuestra legislación de modo que compatibilice el ejercicio de los derechos y bienes jurídicos previstos en nuestra constitución como son la vida, la salud física y psíquica y la libertad, la autonomía de la voluntad y la dignidad humana. Esto lo hace un tema sumamente importante y para aquellos que sufren enfermedades o padecimientos irreversibles, que llevan asociado un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable para quien lo padece es también urgente”.

 

Latorre cuenta que fue lo que la motivó a ser parte de la elaboración del Proyecto “Además de entender que es una demanda de parte de la sociedad, en los últimos tiempos fui conociendo testimonios de personas en esa situación y sus familias; en particular de Daniel Olstropolsky un reconocido hombre del derecho mendocino que padece ELA y su testimonio acompañado de sus fundamentos inspirados en derecho, fueron muy importantes en la toma de la decisión política que tomamos con los coautores del proyecto de instalar el debate con este proyecto” manifestó.

Consultada sobre si cree que podrá generar una “grieta” tal como sucedió con el Aborto Legal y Gratuito, Latorre fue contundente al expresar que es tiempo de “dar por saldadas ciertas discusiones que inmiscuyen en los debates de derecho, argumentos religiosos o axiológicos. El reconocimiento de derechos no implica la obligación de su ejercicio, pero sí terminar con la injusticia de un Estado que amparado en el paternalismo religioso y médico desconoce una demanda social”.

En este aspecto descartó la idea de que la propuesta sea, antes, dirimida en una “consulta popular” al entender que “el debate puede y debe darse en el Congreso; las leyes que mencionaste han aportado mucho al debate en este caso, el reconocimiento de derechos debe ser trasversal a las discusiones partidarias y espero que pueda darse en ese contexto, sin mezquindades y pensando en políticas de estado”.

“La vida de los argentinos debe cambiar en muchos aspectos, es nuestro trabajo dar los resortes necesarios para que ello ocurra, necesitamos un oficialismo que consciente de un diagnóstico realista sobre los problemas y las demandas de la sociedad tenga la honestidad intelectual de proponer un programa de gobierno para brindar esas soluciones y que se siente a dar los debates estructurales con la oposición, para que sean medidas sostenibles.  Este proyecto en particular, es parte de el ejercicio del derecho de libertad y el respeto por la dignidad humana que el Estado debe garantizar por manda constitucional, muchos argentinos y sus familias están actualmente sufriendo padecimientos irreversibles y la legislación los obliga a continuar en ese estado aún contra su voluntad. Otros lamentablemente se fueron sufriendo, esperando esta ley. El debate y el reconocimiento y reglamentación de nuevos derechos siempre hace un aporte colectivo a la convivencia armónica en el respeto de las libertades y la autonomía de la voluntad” sentenció la Diputada de la UCR.

¿De que hablamos cuando hablamos de Eutanasia”?

Etimológicamente, por sus raíces griegas, eutanasia significa “buena muerte”. Consiste en el acto practicado por un tercero para poner fin a la vida de una persona que, padeciendo una enfermedad que no tiene cura y le produce un sufrimiento intolerable –no sólo físico sino también psíquico y emocional– lo demanda en forma expresa y voluntaria.

Conforme estadísticas de la Organización Mundial de la Salud, se estima que el 14% de la población mundial recibe los cuidados paliativos que necesita. Es decir que hay un 86% de personas que no tienen acceso.

¿Qué sucede actualmente en la Argentina?

A la fecha, no existe una normativa que autorice la eutanasia. La Ley 26.742, sancionada en 2012, conocida como “Ley de Muerte Digna”, garantiza el ejercicio del derecho de aquellos pacientes que cursan una enfermedad irreversible o en estado terminal a rechazar procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital cuando sean extraordinarias o desproporcionadas en relación a la perspectiva de mejoría, o produzcan un sufrimiento desmesurado.

También, las personas que así lo deseen, están en condiciones de negarse a recibir hidratación o alimentación cuando ambas prácticas tan solo sirvan para prolongar en el tiempo ese estadio terminal en el que se encuentran.

Dicho de otro modo: es posible pedir morir de hambre y de sed, pero no de la forma en que el individuo escoja.

La legislación en el Mundo

Las jurisdicciones en que está autorizada la Eutanasia son Suiza; Países Bajos; Bélgica; Luxemburgo; Colombia; Oregon, Washington, Montana, Vermont, California, Colorado, Columbia, Hawaii, Maine y New Yersey (EE.UU.); Quebec (Canadá); Victoria y Oeste de Australia (Australia). En el último tiempo, se incorporaron España y Nueva Zelanda.

Las particularidades de cada ley hacen que, a la distancia, algunas normativas resulten más controvertidas que otras. En Canadá, Luxemburgo y Estados Unidos, por caso, quien solicite la eutanasia debe tener, al menos, 18 años. En Países Bajos, en cambio, basta con cumplir los 12. La interrupción de la vida en menores de 18 años es criticada por muchos juristas porque sostienen que antes de aquella edad la gente no tiene capacidad de discernimiento y, en resumidas cuentas, se halla bajo la presión de sus padres y madres.

En aquellas naciones en las que está legalizada, los motivos son variados, pero por lo general quienes eligen la IVV lo hacen por sufrimientos y experiencias vinculadas a la pérdida de la autonomía y del ser, por declinación cognitiva y funcional, por afrontar, en resumidas cuentas, una mala calidad de vida. La pérdida de la dignidad es identificada en la base de los pedidos del 61 por ciento de los casos en Países Bajos y del 52 por ciento en Bélgica. La mayoría de los pacientes que solicitan la eutanasia o el suicidio asistido lo hacen porque padece cáncer (del 60 al 100 por ciento de los casos). Hay distinciones según los territorios, pero el “paciente típico” que recibe eutanasia o suicidio asistido es blanco, hombre, bien educado y entre los 60 y 85 años.

Las drogas que se emplean en el procedimiento de asistencia a la muerte también son legisladas en cada caso. Por lo general, el cóctel más corriente está hecho en base a benzodiacepina para relajar, seguida de una dosis de barbitúricos como tiobarbitúrico, pentobarbital o secobarbital, que combinados provocan la muerte.

¿Qué pasa en América Latina?

Con la excepción de Colombia, donde todavía existen muchas lagunas legales y técnicas para su aplicación, la eutanasia directa está prohibida en la totalidad de países de América Latina.

En Perú, aunque las leyes prohíben la eutanasia, una corte recientemente falló a favor de una solicitud de Ana Estrada, una mujer que padece una enfermedad degenerativa desde hace 30 años y que reclamaba su derecho a una muerte digna.

En Chile, también desde 2012, los pacientes en estados terminales pueden rechazar la continuidad de los tratamientos.

En diciembre de 2020, la Cámara de Diputados del país andino aprobó el proyecto de ley de «Muerte digna y cuidados paliativos» que busca, bajo determinadas condiciones, que una persona pueda solicitar asistencia médica para morir.

La Ciudad de México y los estados de Aguascalientes y Michoacán, en México, también permiten que pacientes en estados terminales rechacen los tratamientos paliativos. Sin embargo, varios proyectos de leyes para autorizar la eutanasia han fallado en el Congreso.

En Uruguay cuentan con una la ley conocida como de «voluntad anticipada» o «del buen morir», que regula también la libertad de un paciente para rechazar un tratamiento, incluidos los cuidados paliativos.

Voces en Contra

Como se dijo líneas antes, el plantear el debate público sobre la Eutanasia encontrará sin dudas a sus detractores. Es que (tal como sucedió en Leyes como el IVE; la Ley de Matrimonio Igualitario o, más allá en el tiempo, la Ley del Divorcio) existe una parte de la sociedad que se opone a este tipo de Derechos basados en un argumento religioso que radica en la sacralidad de la vida, una vida que –según ellos– no les pertenece enteramente a los seres humanos, sino que, por el contrario, es un “regalo de Dios” y los regalos no pueden despreciarse. También apuntan que, mediante el acto, los médicos traicionan el juramento hipocrático y ello, a mediano plazo, podría socavar la confianza con los pacientes. Que, desde este punto de vista, los profesionales de la salud deben transitar la última parte de la vida del paciente como testigos y no como “verdugos”.

La sanción de una ley que garantice la muerte digna implicaría, desde este enfoque, la legalización de una forma de homicidio. Para los detractores de la eutanasia, no se trata de acelerar la muerte, sino, por el contrario, de mejorar la calidad de vida mediante intervenciones médicas racionales. Como corolario, sostienen, la decisión eutanásica es irreversible: elimina las posibilidades de que el paciente mejore, o de que un descubrimiento científico imprevisto logre salvar la vida de un paciente cuando hasta ese momento era imposible. Algunos detractores plantean que acabar con la vida está mal por lo que podría desatar después: una especie de “pendiente resbaladiza”, donde la muerte podría ubicarse como “una alternativa barata a los cuidados paliativos”.

Proyectos previos

Antes de la propuesta que presentaron los diputados radicales en Mendoza, en la Argentina ya existían tres proyectos de ley, pero hasta el momento ninguno fue presentado en el Congreso de la Nación para su tratamiento.

Uno pertenece al senador radical por la provincia de Mendoza, Julio Cobos; otro a la diputada radical Brenda Austin y el más acabado es el elaborado por la diputada del Frente de Todos por la provincia de Córdoba Gabriela Estévez. Los proyectos hablan del derecho a la finalización intencional de la vida de un paciente a pedido de él mismo.

El Proyecto de la UCR

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