La comisión de salud de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley de la diputada socialista Gabriela Troiano que modifica el artículo 3° de la Ley 26.130 de contracepción quirúrgica. La autoridad de aplicación de la ley arbitrará los medios para que las personas con discapacidad que decidan acceder a la realización de las prácticas denominadas: “ligadura de trompas de Falopio” y “ligadura de conductos deferentes o vasectomía” dispongan de los apoyos y salvaguardas adecuados a fin de que puedan tomar decisiones por sí, respetándose sus necesidades y en forma digna.
También se prevé como obligación la de brindar los apoyos y salvaguardas (controles), para que las personas con discapacidad atraviesen por la intervención, en caso de que decidan someterse al procedimiento, siendo informadas a lo largo de todo el proceso y asistidas para que no se encuentren indefensas o se sientan aisladas de la toma de decisiones paso a paso, respetándose su dignidad y su autonomía.
Por su parte la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece en su artículo 21 que los estados parte deben promover el acceso a la información por parte de las personas con discapacidad, proporcionando la información prevista para el público en general en formatos y tecnologías accesibles, facilitando el uso del Braille, el lenguaje de señas y otras formas de comunicación.
Las personas con discapacidad disfrutarán de igualdad de oportunidades de tener relaciones sexuales e íntimas, experimentar la procreación, contraer matrimonio y fundar una familia, decidir el número y el espaciamiento de sus hijos, tener acceso a educación y medios en materia reproductiva y de planificación de la familia, y disfrutar de igualdad de derechos y responsabilidades con respecto a la tutela, el pupilaje, el régimen de fideicomiso y la adopción de niños.