La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad parcial del decreto 1.399 del 2001 del Poder Ejecutivo Nacional. Se trata de una resolución del gobierno de Fernando De La Rúa que establece una deducción de recursos coparticipables equivalente al 1,90% de la recaudación neta total de los tributos y de los recursos aduaneros cuya recaudación se encuentra a cargo de la AFIP.
Con los votos de Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, el máximo círculo de la Justicia argentina declaró que esos fondos eran coparticipables, y en consecuencia que debían devolverse todos y cada uno de los recursos retenidos a las provincias de Santa Fe y San Luis por aplicación de ese decreto.
En ese sentido, el tribunal explicó que la deducción fue dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional para financiar la operatoria de la Administración Federal de Ingresos Públicos, sin que haya mediado ningún acuerdo por parte de las provincias. Esa deducción tampoco podía ser considerada una asignación específica de recursos coparticipables porque no había sido dictada de acuerdo a los recaudos exigidos por el artículo 75, inciso 3° de la Constitución Nacional.
La Corte Suprema explicó que al dictar el decreto, el Poder Ejecutivo había actuado sin autorización del Congreso Nacional para hacerlo y que, de todos modos, la Constitución no permite que el Poder Legislativo delegue al Presidente la facultad de establecer y modificar una asignación específica de recursos coparticipables.