13 de noviembre de 2024

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Aniversario| La inclusión femenina en el Congreso instaló nuevos temas en la agenda nacional

En 1955 Argentina mostraba la participación femenina en el congreso más alta del mundo occidental y en 1991 habíamos descendido a la cifra más baja desde que obtuvimos la ciudadanía. No estábamos en el registro de la recuperada democracia.

Las radicales, habían intentado infructuosamente imponer en 1989 una «cuota partidaria» en los estatutos de la UCR al modo de la socialdemocracia europea. Agotado el camino partidario, presentaron dos proyectos de cupos impulsados por Margarita Malharro en el Senado y otro similar firmado por diputadas de distintos partidos en Diputados. Los proyectos no tenían el apoyo del partido y no lograron que se debatiera hasta el fin del mandato de Alfonsín.

Las demandas por la igualdad de género eran constitutivas del peronismo, la idea de cupo partidario era parte de la memoria colectiva y estaba establecida en la Carta Orgánica del partido. Sin embargo, muerta Evita, desarmado el Partido Peronista Femenino, y luego de años de proscripción las mujeres no conseguían que se cumpliera. La alianza entre mujeres de todos los partidos fue la respuesta clave para lograr la sanción y cumplimiento.

La sanción de la ley de cupos fue una audacia. Argentina fue el primer país del mundo en incorporar el sistema de cupos mediante la sanción de la Ley 24.012.

Enfrente se alineaban la cultura patriarcal, la dirigencia de los partidos, la ausencia de antecedentes que sirvieran de referencia y el conjunto del andamiaje jurídico. En Argentina regía la Constitución del ’53 que sencillamente no menciona a las mujeres, el Código Civil con una marcada influencia Napoleónica enfatizaba a las facultades del padre y/o marido sobre las mujeres y la idea liberal de que todos éramos iguales ante la ley, sin importar las desigualdades de la realidad.

No voy a referirme al trámite de sanción de la ley que es por todos conocido, ni al intrincado camino de una década de férrea voluntad que requirió generar la jurisprudencia que terminó con los incumplimientos. Fue un ejemplo de voluntad política, convicción y valentía, de la capacidad de relegar diferencias partidarias y egos sin medir los costos personales que, para lograr un propósito superior, desplegaron miles de mujeres que acompañaron el proceso en todo el país enfrentando los liderazgos partidarios, y a veces a sus propias familias.

Más allá de su objetivo formal, el incremento de mujeres en las bancas del Congreso, la ley fue un hito que abrió caminos insospechados. Permitió incorporar a la ley de convocatoria a la reforma constitucional de 1994 la habilitación para incorporar con rango constitucional los tratados internacionales, incluyendo el gran capítulo de los derechos humanos y, entre ellos, los referidos a los derechos de la mujer por fuera del Núcleo de Coincidencias Básicas.

La nueva constitución incorporó en su texto la «igualdad real de oportunidades», la implementación de acciones afirmativas y estableció un porcentaje mínimo de candidaturas de mujeres exigible a todos los partidos políticos.

La incorporación de la Acción Positiva a la CN expresó un cambio de paradigma de la idea de igualdad y, si bien el origen fue la igualdad de género, el concepto de igualdad real se fue expandiendo a otros sujetos sociales vulnerables.

Con la elección de los senadores nacionales en forma directa a partir de la reforma constitucional, el cupo del Senado se convirtió de hecho en una cuota paritaria.

La ley de cupo femenino fue una norma profundamente innovadora que sentó un modelo para otros países. Las argentinas abrimos el debate en todos los organismos supranacionales y en poco tiempo la mayoría de los países de América Latina y algunos de Europa sancionaron leyes similares. A propuesta de nuestro país, la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, incitó a los gobiernos a promover la incorporación de mujeres en los más altos niveles de decisión y representación política mediante medidas de acción afirmativa.

Sin duda, la inclusión femenina en el Congreso Nacional favoreció la emergencia de voces que instalaron nuevos temas en la agenda parlamentaria, particularmente en materia de igualdad de género y ampliación de derechos de otros grupos vulnerables.

La iniciativa de las legisladoras fue fundamental en el proceso de sanción de un conjunto de leyes muy relevantes, entre las cuales pueden destacarse la de cupo sindical femenino, la de protección contra la violencia de género, salud reproductiva, parto humanizado, aborto, ESI, Ley Micaela y matrimonio igualitario, por mencionar algunas. El nuevo plexo legal promovió la creación de normas reglamentarias e instituciones que garantizaran la aplicación de los nuevos derechos.

Poco a poco, las provincias fueron sancionando sus propias leyes de cupo para las legislaturas provinciales y concejos deliberantes, estructurando como consecuencia una «carrera política» para las mujeres.

Finalmente, la ley de paridad es un desarrollo natural de la aplicación de la ley de cupos.

Por supuesto que en este proceso convergieron cambios culturales, modificaciones en el contexto mundial y otras cuestiones que no son adjudicables exclusivamente a la Ley de Cupo, pero, sin duda, la sanción de la ley fue un hito que disparó un proceso creciente de participación femenina cuyas consecuencias se observan treinta años después.

Quedan múltiples inequidades sin resolver, pero hoy tenemos muchas más herramientas, casi la mitad de las bancas en ambas cámaras, un Ministerio de la Mujer, áreas de género en casi todas las dependencias del Estado nacional y en la mayoría de las provincias, numerosas funcionarias de alto rango, un número creciente de comunicadoras feministas, una generación de jóvenes dispuesta a movilizarse masivamente detrás de propuestas convocantes.

Treinta años después estamos en condiciones de dar otro salto cualitativo si logramos volver a construir una voluntad política colectiva.

 

Marcela Durrieu, exdiputada nacional y una de las principales impulsoras del proyecto