15 de noviembre de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

La presidencia del Senado presentó el pedido a la Corte para poder sesionar a distancia [Documento]

La presidenta del Senado, Cristina Fernández de Kirchner, presentó este martes por la tarde ante la Corte Suprema de Justicia una «acción declarativa de certeza sobre al validez constitucional de sesionar a través de medios electrónicos». Accede al documento completo que envió la Cámara alta a la Justicia.

«La vicepresidenta solicita a la Corte una declaración de certeza de constitucionalidad, mediante la cual se expida acerca de si es legal una sesión on line en aquellas materias que no puedan ser reguladas por Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), como impuestos», explicaron.

El enunciado argumenta que ante la situación de emergencia «la única medida que se ha demostrado como efectiva para contener el avance de la enfermedad es el aislamiento social de las personas a los fines de evitar el contagio».

A esto, agrega: «Precisamente la situación de emergencia, requiere que el Congreso de la Nación sesione a los fines de legislar en aquellas materias que se encuentran excluidas de modo absoluto de la posibilidad de ser legisladas por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el dictado de Decretos de Necesidad y Urgencia».

El Senado funda su criterio de sesionar en el articulo 30 del reglamento que dice en concreto que “los senadores constituyen Cámara en la sala de sus sesiones y para los objetos de su mandato, salvo en casos de gravedad institucional». En este sentido, apuntan que «se encuentran analizando la aplicación del sistema remoto y/o virtual para sesionar» en aplicación de este articulo.

El máximo tribunal de Justicia tendrá que resolver si esta interpretación del reglamento interno del Senado es correcta para evitar posibles litigios futuros sobre las leyes que puedan sancionarse bajo esa modalidad. La encargada de hacer el trámite fue la directora de Asuntos Jurídicos de la Cámara alta, Graciana Peñafort, informaron fuentes parlamentarias.

EL DOCUMENTO COMPLETO:

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