La Cámara aprobó la ley que crea un nuevo régimen de licencias familiares igualitarias para empleados y empleadas estatales. En la 17° sesión ordinaria, el cuerpo hizo lo propio con la ley que incorpora la Educación Ambiental Integral (EAI) en los contenidos trasversales de todos los niveles educativos, la que establece la capacitación obligatoria en Derechos Humanos para las personas que se desempeñan en la función pública y la que crea la servidumbre administrativa de servicios de tecnologías de la información, la comunicación y las telecomunicaciones, entre otras sanciones.
Régimen de licencias familiares igualitarias para el sector público
La norma, que fue aprobada por unanimidad, crea un nuevo régimen de licencias familiares para los casos de nacimiento, adopción, embarazo de alto riesgo, acompañamiento del cónyuge o conviviente de quien realiza técnicas de reproducción médicamente asistida, interrupción del embarazo, franquicias por lactancia, período de adaptación escolar y acto escolar de hijo o hija. Para todos los casos, las licencias serán con goce íntegro de haberes y se contempla la ampliación de días cuando existan complicaciones o situaciones específicas que lo ameriten.
Al actuar como miembro informante, la diputada Soledad Salaburu (FT) calificó de “bisagra para la comunidad” la ley en tanto cuestiona los preceptos dominantes y estigmatizantes sobre el cuidado de los hijos e hijas a cargo de la mujer y la diviosn de roles familiares. La legisladora mencionó los principales avances en materia de incorporación de días y, sobre todo, en materia conceptual en tanto la norma refiere a personas gestantes o no gestantes y no a mujer o varón. La norma constituye una “base para ampliar derechos en estas nuevas épocas en las que tenemos que asumir que existen distintas constituciones familiares” sintetizó la legisladora.
Por su parte, desde el bloque oficialista, María Laura du Plessis (MPN) también fundamentó la ley, ocasión en la que dijo que “es de avanzada porque contempla un sentido amplio de familia, con las nuevas modalidades de parentalidad y de constitución familiar que vienen con el nuevo Código Civil” y agregó que refuerza “lo que la sociedad nos demanda que es contemplar la paridad en el cuidado de los hijos”.
El régimen abarca a los agentes de los tres poderes y órganos extrapoder del Estado provincial, y será de aplicación obligatoria en aquellas relaciones de empleo regido por las normas del derecho público provincial que no posean convenciones paritarias generales o sectoriales.
Entre otros aspectos, la ley contempla 150 días de licencia para la persona gestante: 60 días para el acompañante o cónyuge; 180 días de licencia por parto múltiple y 90 para la persona acompañante; 210 días por nacimiento con malformaciones congénitas y 180 para la persona acompañante; y 30 días de licencia por interrupción del embarazo (involuntario o voluntario).
La normativa también contempla licencias específicas por nacimiento pre-término; por adopción y por embarazo de alto riesgo.
En cuanto a las denominadas franquicias, se contemplan días o franja horaria habilitada para asistir a actos escolares y para adaptación en período inicial.
Para todos los casos, los días computados son corridos y se percibirá el sueldo íntegro de haberes.
Ley de servidumbre administrativa de servicios de tecnologías de la información
En otro orden, la Cámara aprobó hoy, en general, la ley que crea la servidumbre administrativa de servicios de tecnologías de la información, la comunicación y las telecomunicaciones, orientada a regular la utilización de inmuebles, públicos o privados, para la instalación de infraestructura destinada a brindar servicios de telecomunicaciones en toda la provincia. Se trata de una iniciativa elevada por el gobernador Omar Gutiérrez al inaugurar el período legislativo del año pasado, que contempla las distintas situaciones que surgen de la relación entre propietarios de predios dispuestos a tal fin y empresas o entes prestadores de servicios de telecomunicaciones.
La ley alcanzó 20 votos positivos de los bloques MPN, Siempre, MAV, Juntos, UP-FR y de Mariano Mansilla (FT), Lucas Castelli (Avanzar), Fernando Gallia (FNN), Elizabeth Campos (PDC), Teresa Rioseco (FT). En contra lo hicieron JC y Soledad Salaburu (FT), Darío Peralta (FT), Sergio Fernández Novoa (FT), Blanca López (FIT), Ayelén Gutiérrez (FT) y Lorena Parrilli (FT).
En su intervención, la diputada du Plessis remarcó que la iniciativa surge de la omisión de la ley nacional denominada Argentina Digital que no contempló este tipo de servidumbre. “Es una ley muy importante que da previsibilidad jurídica para llegar a un acuerdo en el marco de un interés superior para que es para que toda la comunidad se vea beneficiada”, sintetizó la legisladora tras destacar que la norma regula relaciones entre privados o el propio Estado y propietarios de terrenos sobre los que debe atravesar la servidumbre para garantizar el alcance del servicio de comunicación en la provincia. Mencionó que en la actualidad, la relación se concreta mediante acuerdos, si es que se alcanzan, con los titulares, situación que requiere de un nuevo marco legal regulador.
A su turno, la diputada Leticia Esteves (JC) adelantó el voto negativo de su bloque en tanto entienden que “los servicios de telecomunicaciones tienen carácter federal el cual se encuentra establecido no solo en varias leyes nacionales sino también en numerosos fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, además de un Decreto de Necesidad de Urgencia (DNU) que declara servicio público a todos los servicios TIC con lo cual esta ley se hace innecesaria”.