12 de noviembre de 2024

NCN

Para que el ciudadano tenga el control.

Proyecto de Ley para que el abogado del niño intervenga en cuestiones penales

Un proyecto de ley presentado en la Legislatura por el diputado Diego Rovella apunta a modificar el art. 1º de la Ley 14568 (sancionada y ya reglamentada) de la provincia de Buenos Aires (apoyada en la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas y el Pacto de San José de Costa Rica) para que la figura del Abogado del Niño no sólo pude actuar en cuestiones civiles, familiares y administrativas, sino también en procedimientos penales, que no figura en la letra de la mencionada norma legal.

En este sentido, Rovella entiende que la protección debe ser integral por lo que se hace indispensable que «más allá de la actuación en procedimientos civiles, familiares y administrativos, y sin perjuicio de la representación que ejerce el asesor de incapaces, el abogado del niño deberá tener las mismas prerrogativas cuando se trata de cuestiones de índole penal, lo que no queda especificado en la ley de marras, la 14.568«.

Rovella, en sus fundamentos, indica que «esta nueva inclusión esta sustancialmente apoyada en el artículo 19 de la Convención de los Derechos del Niño, que obliga a los estados parte de adoptar todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio«, por lo que también los temas penales deben estar bajo la órbita de las prerrogativas del abogado del niño.

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