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Proyecto para impulsar beneficios en provincias por la fuga de turistas y la baja en las ventas

El feriado por el Día de la Memoria, volvió a generar preocupación en las provincias limítrofes por la fuga de turistas y la baja en las ventas. Una comitiva de dirigentes empresarios de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), expusieron su preocupación ante la Comisión de Economías Regionales, Economía Social, Micro, Pequeña y Mediana Empresa de la Cámara alta, presidida por el senador nacional Roberto Basualdo de Cambiemos y pidieron se reglamente el artículo 10 de la ley PyME con medidas tendientes a compensar a las PYMES en las zonas de frontera. Por su parte, la diputada Susana Laciar impulsa beneficios fiscales en la provincia.

Este fin de semana largo las ventas fueron muy dispares entre provincias: mientras en algunas ciudades los comercios tuvieron un buen movimiento, en otros más cercanos a las fronteras los niveles fueron malos y la afluencia de turistas fue más de paso que de permanencia.

La competencia que ofrecieron lugares como Chile, hacia donde se dirigieron muchos argentinos en busca de paseos de compras y aprovechando los precios más competitivos, se sumaron descuentos de 30% para los turistas de nuestro país que presentaran DNI.

Hubo hasta 5 horas de espera para cruzar la Cordillera. El jueves entraron a Chile 7340 personas y 1830 vehículos, y el viernes, el primer día del fin de semana largo, se registraron 9.010 personas por el Paso Internacional del Cristo Redentor (donde 40 mil argentinos cruzaron en Carnaval), mientas que en Mendoza la ocupación hotelera rondó el 52%

En tanto, en Formosa se vieron afectadas por el continuo cruce de centenares de compradores locales y extraprovinciales a las localidades fronterizas de Alberdi, Puerto Elsa y Pilar (Paraguay) en donde los precios tienen un valor de entre 20% y 50% menos que en los comercios locales. Y en Misiones, unos 50 buses diarios pasaron a países limítrofes para realizar tours de compras como sucede todos los feriados.

Este verano los argentinos realizaron cifras récord de compras en el extranjero (U$S 790 millones hasta el 3 de marzo con tarjetas de crédito. Un 55% más con respecto a igual período de 2016) y Chile fue el destino más elegido en esta temporada, según el sitio despegar.com. Lugares como La Serena, tuvo su mejor temporada en 10 años y se espera un aluvión de turistas argentinos en Semana Santa.

Según el relevamiento mensual realizado por CAME entre más de 1400 comercios del país, si se toman las ventas por grandes regiones geográficas, las retracciones interanuales más fuertes en el primer bimestre del año se sintieron en Cuyo (-6,9%), NEA (-6,4%) y NOA (-5,9%). También en la Patagonia los descensos promediaron el 4,7%. En la Ciudad de Buenos Aires, en tanto, las ventas cayeron 3,3%, en la Región Centro 2,9% y en la Provincia de Buenos Aires, 1,7%.

Es por ello que una comitiva dirigentes de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), expusieron su preocupación ante la Comisión de Economías Regionales, Economía Social, Micro, Pequeña y Mediana Empresa de la Cámara alta, presidida por el senador Roberto Basualdo de Cambiemos y el viernes pasado se presentó en la Cámara Alta el siguiente proyecto de Comunicación, donde se pidieron medidas que luego serán presentadas en un proyecto de ley.

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

El Senado de la Nación,

Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional reglamente el ARTÍCULO 10.— de la Ley 27264 “PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PRODUCTIVA”, denominada «Ley PyME», promulgada el 29 de julio de 2016, con el fin de promover la competitividad, sostener el empleo existente, generar nuevos puestos de trabajo e incrementar los ingresos fiscales que hoy se pierden por las compras fronterizas y el contrabando.

A tal efecto, resulta fundamental la implementación de las siguientes medidas:

–       Impuesto a la Transferencia de Combustible (ITC) diferenciado para la provincia de Misiones.

–       Tax Free para turismo local por un año, prorrogables por igual período.

–      Aplicación sin costo financiero del Programa de Fomento al Consumo y la Producción “Ahora 12” para comercios, hoteles, pasajes aéreos y terrestres, servicios turísticos y gastronómicos.

–       Reducción al 1% de la comisión bancaria para tarjetas de Crédito y 0% para Débito.

–       Tarifas eléctricas y de gas diferenciales por región.

–       Compensación por logística en función de distancia de los centros de producción.

–       Eximir del impuesto a los créditos y débitos en cuentas bancarias a las empresas PYMES radicadas en zonas de frontera.

–      Incorporar al Anexo I del Decreto N° 814 del 20 de junio de 2001, y sus modificaciones, los siguientes porcentajes diferenciales para las empresas PyMES de zonas de frontera:

Código zonal Jurisdicción Puntos porcentualesde reconocimiento I.V.A.
9 Gran Catamarca 35%
10 Resto de Catamarca 40%
12 Formosa – Ciudad de Formosa 50%
29 Chubut- Rawson Trelew 35%
30 Resto de Chubut 40%
35 Jujuy – Ciudad de Jujuy 45%
36 Resto de Jujuy 50%
47 Gran Mendoza 38%
48 Resto de Mendoza 42%
ssq49 Misiones – Posadas 45%
50 Resto de Misiones 50%
52 Neuquén-Centenario 25 %
53 Neuquén- Cutralcó 40.%
54 Neuquén- Plaza Huincul 40.%
55 Resto de Neuquén 30 %
56 Rio Negro Sur hasta paralelo 42 40 %
57 Rio Negro Viedma 25 %
58 Rio Negro – Alto Valle 25 %
59 Resto de Rio Negro 30 %
60 Gran Salta 45 %
61 Resto de Salta 50%
62 Gran San Juan 38 %
63 Resto de San Juan 42 %
66 Santa  Cruz  – Caleta Olivia 40 %
67 Santa  Cruz  – Rio Gallegos 40 %
68 Resto de Santa Cruz 45%
79 Tierra del Fuego- Rio Grande 40%
80 Tierra del Fuego- Ushuaia 40%
81 Resto Tierra del Fuego 40%

 

–       Invitar a las provincias a diseñar programas de compre local para incentivar las ventas minoristas.

FUNDAMENTOS

Señora Presidente:

El Gobierno Nacional ha planteado la importancia de hacer una reforma impositiva integral que devuelva la competitividad a las empresas. Este objetivo es compartido por la mayor parte de las fuerzas políticas y de la sociedad.

Entre las cuestiones de urgencia a abordar están las largas colas que vemos en las fronteras norte y andina para ir de compras a los hermanos países vecinos. Esto, si bien a corto plazo beneficia a los consumidores, genera un grave perjuicio a las empresas, a los trabajadores y al fisco –tanto nacional como provincial- por la disminución de la actividad económica.

En este sentido, la Ley 27.264 “PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PRODUCTIVA”, denominada «Ley PyME», promulgada el 29 de julio de 2016, prevé en el ARTÍCULO 10. — Facúltese al Poder Ejecutivo nacional para implementar programas tendientes a compensar a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en las zonas de frontera que este establezca por asimetrías y desequilibrios económicos provocados por razones de competitividad con países limítrofes, para lo cual podrá aplicar en forma diferencial y temporal herramientas fiscales así como incentivos a las inversiones productivas y turísticas”, no obstante hasta la fecha no se ha reglamentado.

Según el relevamiento mensual realizado por CAME entre más de 1400 comercios del país, si se toman las ventas por grandes regiones geográficas, las retracciones interanuales más fuertes en el primer bimestre del año se sintieron en Cuyo (-6,9%), NEA (-6,4%) y NOA (-5,9%). También en la Patagonia los descensos promediaron el 4,7%. En la Ciudad de Buenos Aires, en tanto, las ventas cayeron 3,3%, en la Región Centro 2,9% y en la Provincia de Buenos Aires 1,7%.

Las caídas más pronunciadas en esas zonas tienen una clara explicación: la cantidad de argentinos que cruzan a comprar en Chile, Bolivia y Paraguay, principalmente.

Comparando solo el mes de febrero de 2017, las bajas fueron más pronunciadas aún. Por ejemplo, mientras a nivel país las ventas descendieron 4,1% anual, en Cuyo el declive fue de 8,1%, en la región NEA de 7,9%, en NOA de 7,6%, en la Patagonia de 7,5%, mientras que en la Ciudad de Buenos Aires el descenso fue de 4,5%. En la provincia de Buenos Aires, en tanto, con más heterogeneidad, la baja anual promedio del mes fue de 1,5%.

 

El atraso cambiario, la presión fiscal y los altos costos de producción y comercialización interno generan una preocupante desventaja para los comerciantes locales de las provincias de frontera que se ven imposibilitados de competir.

Los rubros más afectados son: electrónica, indumentaria, calzado, juguetes, blanquería, combustibles y comestibles que en países vecinos se consiguen hasta en un 60% más barato. Las caídas no sorprenden si se tiene en cuenta que:

De Misiones a Paraguay:

Otro caso es el del impuesto a las Ganancias, que en nuestro país es del 35%, mientras que en Paraguay asciende al 10% y en Brasil según la actividad varía entre el 15% y el 25%.

Estos dos ejemplos claramente muestran que una menor presión fiscal en los países vecinos, lo cual explica los menores precios que se pueden encontrar cruzando la frontera.

Mendoza, San Juan y Neuquén a Chile:

Cruces:

 De Jujuy a Chile o Bolivia- Cruces:

De Formosa a Paraguay

El movimiento que se produce por parte de la población de nuestro país a los países limítrofes, generando una importante caída en las ventas del comercio minorista local, se debe a un incremento creciente en la presión tributaria nacional, provincial y municipal, que afecta directamente en la estructuras de costos de los empresarios PyMES y, por otro lado, los importantes costos financieros.

Es por ello que entre las medidas formuladas se señalan la modificación del impuesto al cheque. El Artículo 2° de la Ley 25.413 determina: “Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a establecer exenciones totales o parciales del presente impuesto en aquellos casos en que lo estime pertinente”. En este sentido, se propone la incorporación del siguiente inciso: “d) Los créditos y débitos en cuentas bancarias para las empresas PyMES radicadas en zonas de frontera”.

Si bien la recientemente promulgada ley 27.264 otorga la posibilidad para que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas puedan descontar la mitad en algunos casos, o la totalidad del Impuesto sobre los débitos y créditos bancarios como pago a cuenta de Ganancias, esto implica una presión fiscal de hasta un año para la PyME, mientras que el sistema financiero se ve beneficiado diariamente con las operaciones.

Por otra parte, la reducción al 1% de la comisión bancaria para tarjetas de Crédito en zonas de frontera, propuesta por la Senadora Sandra Gimenez (que además abordó la difícil situación que atraviesa la Provincia de Misiones, a la cual representa, en diferentes proyectos), ya había sido abordado por el H. Senado de la Nación, obteniendo sanción el 07/09/16 (Orden del Día 545/16 y anexo) texto unificado S-3091/16:

Articulo 1° – que sustituye el artículo 15 de la ley 25.065 dice: “…En las zonas de fronteras el emisor de tarjetas de compra y crédito en ningún caso efectuará descuentos ni aplicará cargos, por todo concepto, superiores a un uno por ciento (1%) sobre las liquidaciones presentadas por el proveedor.

En las diez provincias del Norte Argentino comprendidas dentro del Plan Belgrano el emisor de tarjetas de compra y crédito en ningún caso efectuará descuentos ni aplicará cargos, por todo concepto superiores a uno por ciento (1%) sobre las liquidaciones presentadas por el proveedor, cuando el límite de facturación anual no supere el establecido legalmente para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiOyMEs).

Art. 2° – “Se considerará zona de frontera al área determinada en los términos del artículo 4° de la ley 18.575” que indica en el Decreto Reglamentario 468/1970: ART. 15.- Determínase como zona de frontera la parte del Territorio Nacional que a continuación se delimita (cartografía 1:500.000, Instituto Geográfico Militar):

  1. a) El territorio comprendido entre el límite internacional y la ruta nacional N. 40 a partir de Río Gallegos hasta su intersección con la ruta nacional N. 288; por la misma hasta el Río Chico; límite departamental este del departamento de Río Chico; ruta nacional N. 40 a lo largo de todo su recorrido a través de las provincias de Santa Cruz, Chubut, Río Negro, Neuquén y en Mendoza hasta su intersección con la ruta nacional N. 145, por la misma hasta el límite internacional.
  2. b) El territorio comprendido entre el límite internacional, el límite interprovincial entre San Juan y Mendoza y la Sierra del Tontal, hasta la Ruta Nacional N. 20, continuando por Pacheco Talacasto y Ruta Nacional N. 40; por la misma sigue su recorrido por las Provincias de San Juan, La Rioja, Catamarca y Salta hasta la localidad de Abra Pampa en la Provincia de Jujuy. Desde allí por las vías del F.C.G.B. hasta la localidad de Iturbe -Co. Fraile- límite interprovincial entre Salta y Jujuy, R. Valle Morado -Río d. l. Piedra hasta su desembocadura en el R. San Francisco. Desde allí por el mismo río hasta el Río Bermejo – Río Teuco, continuado por éste último hasta el límite interprovincial de Salta y Formosa. Desde allí por dicho límite hasta Ruta Nacional N. 81, continuando por Ruta Nacional N. 81, a través de su recorrido por la Provincia de Formosa, hasta la ciudad capital, (exclusive); Ruta Nacional N. 11 hasta el Río Bermejo, continuando por el mismo hasta el límite Oeste de Departamento Bermejo en la Provincia del Chaco; límite Oeste del mencionado Departamento hasta la Runa Nacional N. 11 continuando con la misma hasta Resistencia (exclusive); Ruta Nacional N. 12 a través de la Provincia de Corrientes, (ciudad capital exclusive) hasta el límite con la Provincia de Misiones. Todo el territorio de la Provincia de Misiones (ciudad capital exclusive, continuando por Ruta Nacional N. 14 desde el límite con la Provincia de Misiones, en su recorrido por las Provincias de Corrientes y Entre Ríos hasta Federación.
  3. c) El territorio comprendido sobre el litoral marítimo y la intersección de la Ruta Nacional N. 22 con la ruta N. 3 en la provincia de Buenos Aires. Por la misma hasta Puerto Madryn, continuando por vías del Ferrocarril Nac. General Roca hasta Trelew, ruta nacional N. 3 hasta Pico de Salamanca; Pampa del Castillo; ruta N. 277 hasta Colonia Las Heras, Ferrocarril a Puerto Deseado hasta Jaramillo; ruta nacional N. 3 hasta Monte Aymond incluyendo las localidades de San Julián, Comandante Piedrabuena y Río Gallegos”.

En tanto la “Compensación por logística en función de distancia de los centros de producción” que se sugiere, encuentra su lógica en que actualmente se obliga al pequeño comerciante a efectuar grandes esfuerzos económicos y financieros para tener la posibilidad de comprar en fábrica sumando el costo del flete, que se calcula es de $37.50 x km para cargas generales o el 6% del valor declarado en el caso de artículos del hogar, en carga completa, por ejemplo.

Respecto del impuesto a la Transferencia de Combustible (ITC) diferenciado para la provincia de Misiones, como se indicó anteriormente, un informe publicado por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación determinó que “los niveles de ventas del gasoil registraron uno de los volúmenes más bajos para los últimos cinco años” debido a la competencia con el país vecino.

En referencia a la diferenciación de las tarifas eléctricas y de gas por región, es un histórico reclamo de las provincias, que demuestran otra inequidad puesto que en las zonas con recursos más limitados (Formosa, Chaco y Jujuy, por ejemplo) se pagan tarifas mucho más altas que en Capital, una de las jurisdicciones con mayor PBG del país.

La reducción de los aportes patronales representa otra de las medidas claves, ya que el costo salarial es el segundo componente en orden de importancia en la estructura de costos de las PyMES industriales. El empleador debe realizar a la AFIP un pago de $33 (aproximadamente) por cada $100 de sueldo bruto que recibe el trabajador.

El nivel de salarios de los trabajadores ligados al proceso productivo, es decir el costo salarial de las empresas, ha presentado una tendencia positiva en los últimos años, tanto para el total de la industria nacional como para el caso particular de las PyMES industriales, lo cual repercute directamente en el nivel de costos de producción y el incremento de los salarios, que se dio de manera relativamente homogénea entre las diferentes regiones del país.

Es importante destacar que los convenios colectivos que establecen los salarios del personal de todo el país se definen a nivel central, teniendo en cuenta el costo de vida y la mano de obra disponible en las provincias del centro. Esto lleva a aplicar en provincias marginales salarios de provincias centrales, donde ocupan un importante segmento del costo total.

Esta cuestión específica desalienta el empleo formal ya que regularizar a los empleados implica abonar salarios que no se condicen con las posibilidades reales de las PyMES.

La única herramienta que se utiliza para compensar entre provincias la presión de las contribuciones patronales es la establecida por el Decreto 814/01 que se plantea actualizar en el presente proyecto, que computa un porcentaje de las remuneraciones como crédito fiscal en el IVA. A la fecha, el máximo porcentaje es el 11.8% que corresponde a la zona “Resto del Chaco”. Por eso se propone una reducción del 70%, a fin de equiparar, en parte el efecto de los aumentos salariales.

Para concluir, vale destacar que la Nación y las provincias desde 1991 firmaron 8 pactos fiscales y una ley de responsabilidad fiscal que han servido para desfigurar y engordar, aún más, el Tesoro de la Nación y hacer más inequitativo el reparto de competencias fiscales.

El Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento celebrado entre el Estado Nacional y los Estados Provinciales (Decreto 14/94) instaba a:

“2) Derogar de inmediato los Impuestos Provinciales específicos que graven la Transferencia de Combustible, Gas, Energía Eléctrica, incluso los que recaen sobre la auto generada, y Servicios Sanitarios, excepto que se trate de transferencias destinadas a uso doméstico. Asimismo se derogarán de inmediato las que graven directa o indirectamente, a través de controles, la circulación interjurisdiccional de bienes o el uso para servicios del espacio físico, incluido el aéreo.

Asimismo se promoverá la derogación de las Tasas Municipales que afecten los mismos hechos económicos que los impuestos provinciales detallados en los párrafos anteriores, sea a través de la remisión del respectivo proyecto de ley a la Legislatura Provincial o a través de la recomendación a los Municipios que cuenten con competencia para la creación y derogación de tales gravámenes. Igual actitud se seguirá respecto de las Tasas Municipales en general, en los casos que no constituyan la retribución de un servicio efectivamente prestado, o en aquellos supuestos en los que excedan el costo que derive de su prestación”.

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