La Diputada Nacional por Córdoba, Soledad Carrizo, presentó para su tratamiento en la Cámara, dos proyectos (DECLARACION y LEY) a través de los cuales solicita, primero, que el Poder Ejecutivo Nacional promueva la modificación de una Resolución del Registro Nacional de las Personas (Resolución Nº 1101/11), a través de la cual se dejó de exigir, para la toma de trámites, la acreditación del domicilio declarado.
También, como complemento de ello, Carrizo propone la modificación de la ley 17.671 de identificación, registro y clasificación del potencial humano nacional y del código electoral nacional con el objetivo de incorporar la acreditación como requisito esencial para la denuncia y tramitación de toda solicitud de cambio de domicilio. Además, propone también la modificación del régimen punitivo para denuncias de domicilios falsos o inexistentes que busquen afectar la composición de los padrones electorales, tanto para quienes las promuevan cuanto para los funcionarios que faciliten hacerlo.
Al respecto, la legisladora cordobesa aseguró que lo que se intenta con esto, “es atender la creciente problemática causada por prácticas fraudulentas y clientelares que a través de la declaración de domicilios inexistentes o falsos, cuya acreditación no se exige, afectan la composición verídica del padrón electoral de determinados espacios territoriales. Hemos recibido infinidad de denuncias en los últimos tiempos respecto del incremento del padrón electoral en múltiples jurisdicciones, votantes que nadie puede acreditar si viven o no en determinado lugar, lo cual facilita el engaño y traslado clientelar de gente para que vote en lugares donde no tienen su domicilio de residencia real”.
“La Cámara Nacional Electoral a través de la acordada extraordinaria N° 57 del 04/07/2017 ha señalado que esta resolución -1101/11 RENAPER- facilita el desarrollo de prácticas fraudulentas a partir de denuncias de domicilios falaces, inexistentes o incorrectos que luego son tenidos en cuenta para la conformación de los padrones electorales. Es por ello que junto al proyecto de ley, solicito también al propio órgano ejecutivo la modificación de esta disposición reglamentaria deficiente en ello cuanto constituye una competencia propia de su órbita”, agregó.
El proyecto de Ley propone la modificación de los artículos 17, 18, 32, 45 y 47 de la ley 17.671 de la ley, buscando también que se incorpore la sanción hacia el funcionario que inscribiera un cambio de domicilio sin cumplimentar los requerimientos de acreditación; y también la figura del promotor, dirigido a toda persona que con violencia, intimidación, promesa, engaño o de cualquier manera obligare o indujere a un electoral a mudar o modificar su domicilio.
“Ambos proyectos –declaración y ley- persiguen los mismos objetivos a través de metodologías diferentes, el primero de ellos, solicitando al propio PEN que modifique la Resolución del Registro Nacional de las Personas en cuanto omite la acreditación del domicilio como requisito; mientras que el segundo completa el ordenamiento normativo con prescripciones que regulen con mayor precisión la cuestión de los cambios de domicilio y las prácticas fraudulentas que tienen a viciarlo”, concluyó la Diputada Nacional.