El diputado nacional Jose Riccardo (UCR-San Luis) presentó un proyecto de resolución donde insta al Poder Ejecutivo Nacional a incorporar las profesiones de odontología, psicología, nutrición, kinesiología, fisiatría, y fonoaudiología, reconocidas por el Ministerio de Educación de la Nación como de interés público y esenciales para la salud, en sus titulaciones de grado e intermedias, y a todas las especialidades de la medicina, dentro del régimen de actividades exceptuadas en el marco de los Decretos de Necesidad y Urgencia vinculados a las medidas de aislamiento social dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional para enfrentar la pandemia del COVID19.
Riccardo fundamenta su pedido en que luego de más de 50 días de aislamientos social y obligatorio en la Argentina, “y con el visible éxito en el objetivo de aplanar la curva de contagios”, es necesario dar nuevos pasos que de manera segura y con todas las medidas de prevención indicadas por el Ministerio de Salud, permitan el ejercicio de determinadas profesiones esenciales para la población. Entre ellas, se encuentran las que el Estado Nacional reconoce como de interés público, y que regula a través de diferentes disposiciones, una de las cuales es definida a partir de la regulación de las titulaciones universitarias.
Acompañaron el proyecto con su firma los diputados Mario Horacio Arce, Álvaro De Lamadrid, Alfredo Cornejo, Miguel Ángel Bazze, Gabriela Lena, Ximena García, Dina Rezinovsky, Ana Carla Carrizo, Lidia Inés Ascárate, Gustavo Menna, Mónica E. Frade, Sofía Brambilla, Javier Campos y Alicia Terada.
El Proyecto
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Carreras de interés público esenciales para la salud en emergencia COVID-19
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Instar al Poder Ejecutivo Nacional a incorporar las profesiones de odontología, psicología, nutrición, kinesiología, fisiatría, y fonoaudiología, reconocidas por el Ministerio de Educación de la Nación como de interés público y esenciales para la salud, en sus titulaciones de grado e intermedias, y a todas las especialidades de la medicina, dentro del régimen de actividades exceptuadas en el marco de los Decretos de Necesidad y Urgencia vinculados a las medidas de aislamiento social dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional para enfrentar la pandemia del COVID19.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Luego de más de 50 días de aislamientos social y obligatorio en la Argentina, y con el visible éxito en el objetivo de aplanar la curva de contagios, es necesario dar nuevos pasos que de manera segura y con todas las medidas de prevención indicadas por el Ministerio de Salud, permitan el ejercicio de determinadas profesiones esenciales para la población.
Entre ellas, se encuentran las que el Estado Nacional reconoce como de interés público, y que regula a través de diferentes disposiciones, una de las cuales es definida a partir de la regulación de las titulaciones universitarias.
La 24.521 de Educación Superior establece en su Art. 43 que:
“Cuando se trate de títulos correspondientes a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes, se requerirá que se respeten, además de la carga horaria a la que hace referencia el artículo anterior, los siguientes requisitos:
a) Los planes de estudio deberán tener en cuenta los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre intensidad de la formación práctica que establezca el Ministerio de Cultura y Educación, en acuerdo con el Consejo de Universidades:
b) Las carreras respectivas deberán ser acreditadas periódicamente por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria o por entidades privadas constituidas con ese fin debidamente reconocidas.
El Ministerio de Cultura y Educación determinara con criterio restrictivo, en acuerdo con el Consejo de Universidades, la nómina de tales títulos, así como las actividades profesionales reservadas exclusivamente para ellos.” A partir de esas disposiciones, existe actualmente una nómina de titulaciones (licenciaturas y tecnicaturas) que son consideradas profesiones que comprometen el interés público, muchas de las cuales ponen en riesgo de modo directo la salud de los habitantes, que deberían incorporarse en la categoría de esenciales en las disposiciones que se tomen en la emergencia del COVID-19. Entre ellas, encontramos carreras como odontología, psicología, nutrición, kinesiología, fisiatría y fonoaudiología, cada una reconocida de esa manera por una resolución del Ministerio de Educación de la Nación, conforme surge de los acuerdos plenarios del Consejo de Universidades, en las que esas titulaciones han sido incorporadas a procesos de evaluación y acreditación.
Destacamos también la importancia que también para la salud, y que por tanto se incorporen dentro del régimen de actividades exceptuadas en el marco de los DNU vinculados a las medidas de aislamiento social las titulaciones intermedias de las citadas profesiones, así como todas las especialidades de la medicina, para facilitar el desarrollo de sus actividades en su más amplio sentido, en favor de la sociedad y su salud.
Por lo expuesto, invito a las Señoras Diputadas y los Señores Diputados a acompañar la iniciativa.