RIIR: Eduardo Vischi impulsa un régimen de incentivos para inversiones superiores a los 12 millones de dólares

El senador nacional Eduardo Vischi (UCR – Corrientes) presentó este viernes un proyecto de ley para crear el Régimen de Incentivo para Inversiones Relevantes (RIIR). La iniciativa busca establecer un marco de previsibilidad fiscal para capitales nacionales y extranjeros que apuesten al desarrollo productivo en todo el territorio de la República Argentina.

El proyecto de ley, ingresado bajo el número de expediente S-702/26, propone un esquema de beneficios impositivos para sujetos que realicen inversiones productivas durante los primeros dos años de vigencia del régimen. El objetivo central es incrementar las exportaciones, fortalecer la competitividad de diversos sectores económicos y favorecer la creación de empleo genuino.

Sujetos alcanzados y montos mínimos

El Régimen de Incentivo para Inversiones Relevantes está dirigido a empresas que superen los límites máximos establecidos para la mediana empresa tramo 2, de acuerdo con la normativa vigente. Para acceder a los beneficios, los interesados deberán comprometer una inversión productiva igual o superior a los 12 millones de dólares (USD 12.000.000).

Bajo este esquema, se consideran «inversiones productivas» a la adquisición, elaboración o importación de bienes muebles nuevos (con excepción de automóviles) y a la realización de obras destinadas directamente a actividades productivas. El texto aclara específicamente que quedan excluidas las inversiones en activos financieros, de portfolio o bienes de cambio.

Beneficios en Ganancias e IVA

Uno de los pilares del proyecto es la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias. El articulado prevé que los beneficiarios puedan optar por practicar las amortizaciones en cuotas reducidas:

  • Bienes muebles: En dos cuotas anuales, iguales y consecutivas.
  • Obras: En cuotas que surjan de reducir la vida útil estimada al 60%.
  • Sectores estratégicos: Para equipos de riego agrícola, mallas antigranizo y equipos de alta eficiencia energética, la amortización se realizará en una sola cuota, independientemente del monto total de la inversión.

Asimismo, el proyecto contempla la devolución de créditos fiscales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) generados por las inversiones productivas. Según el artículo 7, dicho reintegro podrá solicitarse una vez transcurridos tres períodos fiscales mensuales desde que resultara procedente su cómputo.

Complementariedad con el RIGI y el RIMI

En sus fundamentos, Vischi destaca que el RIIR no es solo un alivio fiscal, sino un «plan integral de desarrollo» que busca profundizar el sentido productivo de otros regímenes existentes. La propuesta apunta a complementar el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) y el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), ofreciendo una escala de beneficios que cubra desde microempresas hasta grandes firmas.

«El RIIR nace para brindar la previsibilidad necesaria para que la inversión se convierta en empleo genuino», sostiene el senador correntino en el texto, subrayando que la iniciativa busca democratizar los incentivos adaptándolos a la realidad financiera de cada sector productivo.


Resumen NCN del Proyecto de Ley (Exp. S-702/26):

  • Creación del RIIR: Régimen de incentivo aplicable a todo el país para inversiones productivas.
  • Monto de acceso: Piso mínimo de inversión de USD 12 millones para grandes empresas.
  • Vigencia: Aplicable a inversiones realizadas en los primeros dos años del régimen.
  • Amortización acelerada: Beneficio en Ganancias para bienes muebles (2 cuotas) y obras (60% vida útil).
  • Devolución de IVA: Plazo de tres meses para solicitar el reintegro de créditos fiscales por inversiones.
  • Exclusiones: No aplica para activos financieros ni para quienes tengan deudas fiscales firmes o condenas por delitos tributarios.
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