Ludopatía digital: el proyecto del Gobierno habilita publicidad y choca con Diputados

El Ejecutivo envió al Senado el Mensaje N°179/2026 para regular apuestas online. Penaliza operadores ilegales con hasta 6 años de prisión, pero permite publicidad de operadores autorizados, en contradicción con la media sanción de 2024.
El Poder Ejecutivo remitió al Senado de la Nación el proyecto de ley «Prevención de la Ludopatía y Regulación de Juegos de Azar en Línea» mediante el Mensaje N°179/2026, firmado por el presidente Javier Milei junto a los ministros Mario Lugones (Salud) y Alejandra Monteoliva (Seguridad). La iniciativa fue girada a tres comisiones controladas por La Libertad Avanza: Legislación General (Nadia Márquez), Salud (Ivanna Arrascaeta) y Justicia y Asuntos Penales (Gonzalo Guzmán Coraita).
El proyecto llega en un momento de alta tensión legislativa sobre el tema: la Cámara de Diputados había aprobado en noviembre de 2024 su propia versión con 139 votos a favor, pero el Senado nunca avanzó con el dictamen. Ahora el Ejecutivo impone su propia versión del debate, con un texto más moderado que el texto que espera en el Senado desde hace más de seis meses.
El diagnóstico oficial: 1 de cada 4 estudiantes secundarios apuesta
El fundamento del proyecto se apoya en datos del Observatorio Argentino de Drogas (SEDRONAR), que indican que más del 25% de los estudiantes de nivel secundario participó en apuestas con dinero durante el último año, con mayor incidencia en modalidades online. El senador nacional Gerardo Zamora (Santiago del Estero) presentó en abril de 2026 un proyecto paralelo en el que advirtió que cerca de 19 millones de personas realizan apuestas online en el país, con presencia significativa de menores.
El mensaje oficial califica el fenómeno como un desafío creciente en materia de salud pública y sostiene que los consumos problemáticos «no se limitan únicamente a supuestos clínicos extremos», sino que incluyen conductas de riesgo con consecuencias económicas, sociales y familiares.
La ludopatía o juego patológico es reconocida por la Organización Mundial de la Salud como un trastorno del comportamiento. En Argentina, la regulación del juego de azar corresponde constitucionalmente a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El debate legislativo nacional se circunscribe a los aspectos digitales del fenómeno —publicidad online, flujos financieros y acceso de menores— donde la jurisdicción provincial resulta difusa por la naturaleza transfronteriza de las plataformas.
Qué propone el proyecto: penas, bloqueos y controles financieros
El eje punitivo del texto es uno de sus puntos más fuertes. Se prevén penas de 3 a 6 años de prisión para quienes operen plataformas de apuestas sin autorización, y de 2 a 4 años para quienes —con conocimiento de la ilegalidad— presten servicios financieros, tecnológicos, publicitarios o digitales esenciales para su funcionamiento. También se penaliza la participación en la publicidad o difusión de plataformas no autorizadas.
En materia de controles digitales y financieros, el proyecto habilita el bloqueo ágil de dominios ilegales a través de NIC Argentina, sin necesidad de proceso judicial. El Banco Central deberá impedir transferencias desde cuentas vinculadas a menores hacia operadores de apuestas y exigir mecanismos de verificación de edad. La Comisión Nacional de Valores (CNV) tendrá a cargo la supervisión de proveedores de activos virtuales que operen con plataformas ilegales.
En el plano sanitario, el Ministerio de Salud y el SEDRONAR tendrán a cargo campañas de prevención, programas educativos, capacitación de agentes públicos y producción de estadísticas epidemiológicas sobre juego problemático, en coordinación con provincias y la Ciudad de Buenos Aires.
El nudo del debate: publicidad permitida vs. prohibida
El punto que concentrará el conflicto parlamentario es la publicidad de los operadores autorizados. El proyecto del Ejecutivo la habilita, lo que representa una ruptura directa con la media sanción de Diputados de 2024, que establecía su prohibición total.
Cuando una cámara aprueba un proyecto con modificaciones respecto al texto original aprobado por la otra, el texto vuelve a la cámara revisora para que se pronuncie sobre los cambios. En este caso, si el Senado aprueba el proyecto oficial —que difiere en el punto de publicidad—, el texto deberá regresar a Diputados. Si Diputados insiste en la versión original por mayoría calificada, prevalece su texto; si no alcanza esa mayoría, prevalece la versión del Senado.
Esa contradicción es la que genera mayor resistencia opositora. La media sanción de 2024 fue impulsada por el peronismo, Encuentro Federal, la izquierda y sectores federales, con 36 votos en contra de La Libertad Avanza y 59 abstenciones del PRO y la UCR. El Senado trató el proyecto en comisión en septiembre de 2025 pero nunca alcanzó dictamen, en parte por diferencias internas dentro del bloque peronista.
Viabilidad: un escenario incierto
A diferencia del Súper RIGI o la ley de lobby —donde el oficialismo tiene mayoría cómoda en Diputados—, el proyecto de ludopatía abre un escenario parlamentario más complejo. El punto de publicidad puede fracturar a los bloques dialoguistas: el PRO y la UCR, que se abstuvieron en 2024, deberán decidir si acompañan una versión que es más laxa en ese punto que la ya votada por la cámara baja.
El esquema federal también introduce una variable: las provincias no están obligadas a adherir al capítulo de publicidad, lo que reduce el alcance práctico de esa regulación y puede generar un mosaico normativo de difícil aplicación.
Más del 25% de los estudiantes secundarios argentinos ya apuesta online según SEDRONAR. La discusión sobre publicidad no es sólo simbólica: define si el Estado nacional va a limitar activamente la captación de nuevos usuarios —especialmente jóvenes— o si optará por regular el mercado existente sin tocar sus canales de crecimiento. La decisión que tome el Senado sobre ese punto condicionará el texto que eventualmente llegue al recinto de Diputados.
Resumen NCN
- Nombre formal: Prevención de la Ludopatía y Regulación de Juegos de Azar en Línea. Ingresó al Senado vía Mensaje N°179/2026.
- Firmantes: Presidente Javier Milei, ministros Mario Lugones (Salud) y Alejandra Monteoliva (Seguridad).
- Comisiones: Legislación General (Nadia Márquez), Salud (Ivanna Arrascaeta) y Justicia y Asuntos Penales (Gonzalo Guzmán Coraita). Las tres, presididas por LLA.
- Penas para operadores ilegales: 3 a 6 años de prisión. Para quienes faciliten la operatoria: 2 a 4 años.
- Bloqueo de dominios: habilitado de forma ágil vía NIC Argentina, sin proceso judicial.
- BCRA: deberá bloquear transferencias de menores hacia plataformas de apuestas.
- CNV: supervisará proveedores de activos virtuales vinculados a operadores ilegales.
- Punto de conflicto: el proyecto habilita publicidad de operadores autorizados, en contradicción con la media sanción de Diputados (2024) que la prohíbe totalmente.
- Antecedente: media sanción de Diputados aprobada con 139 votos en noviembre de 2024; el Senado nunca avanzó con dictamen.
- Dato epidemiológico: más del 25% de estudiantes secundarios apostó con dinero en el último año (SEDRONAR). Cerca de 19 millones de personas realizan apuestas online en Argentina (senador Zamora, abril 2026).









