Reforma laboral: la Justicia revocó la cautelar y reactiva la «Ley de Modernización»

La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó sin efecto el fallo que suspendía 82 artículos de la normativa laboral. Tras la apelación del Estado Nacional, la reforma impulsada por el Gobierno vuelve a tener plena vigencia en todo el territorio.
El Gobierno Nacional obtuvo este jueves un triunfo judicial estratégico luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolviera devolver la plena vigencia a la Ley 27.802 de Modernización Laboral. La decisión de la Sala VIII desestima la medida cautelar que pesaba sobre más de 80 artículos de la norma, la cual había sido dictada en primera instancia por el juez Raúl Ojeda a finales de marzo.
Con los votos de los camaristas María Dora González y Víctor Pesino, el tribunal entendió que no se puede mantener la suspensión de una normativa dictada por el Congreso Nacional sin un análisis exhaustivo sobre la inconstitucionalidad de fondo. Este giro jurídico permite que las empresas y trabajadores comiencen a aplicar los nuevos regímenes de indemnizaciones, períodos de prueba y fondos de cese laboral de manera inmediata.
El alcance del fallo de la Sala VIII
La resolución judicial se centra en la revocación del efecto suspensivo que el juez de primera instancia había otorgado al amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT). En sus fundamentos, los camaristas señalaron que «el recurso interpuesto por el Estado Nacional debe concederse con efecto devolutivo», lo que implica que, mientras se discute la validez constitucional de la ley, la misma debe permanecer activa para no afectar la seguridad jurídica.
Este fallo representa un respaldo a la estrategia de la Procuración del Tesoro de la Nación, encabezada por Rodolfo Barra, que había argumentado que la parálisis de la reforma generaba un perjuicio irreparable a la creación de empleo formal. Desde el entorno del presidente Javier Milei, celebraron la noticia en redes sociales asegurando que «no podrán detener el crecimiento que se viene para el país».
Los 82 artículos en disputa y la Ley 27.802
La Ley 27.802, sancionada por el Congreso tras un extenso debate en las comisiones de Presupuesto y Hacienda y Legislación del Trabajo, introduce cambios estructurales en el modelo de relaciones laborales en Argentina. Entre los puntos más destacados que vuelven a estar operativos se encuentran:
- Periodo de prueba: Se extiende de tres a seis meses (con posibilidad de llegar a ocho o un año según el tamaño de la empresa).
- Fondo de Cese Laboral: La creación de un sistema alternativo a las indemnizaciones, inspirado en el modelo de la construcción (UOCRA).
- Multas por informalidad: Se ratifica la eliminación de las multas por falta de registro laboral, buscando incentivar la regularización sin punitividad económica extrema.
- Derecho a huelga: La reglamentación de servicios esenciales que deben garantizar una prestación mínima durante medidas de fuerza.
Desde el bloque de La Libertad Avanza, el diputado Gabriel Bornoroni destacó que la reactivación de la ley «aporta la previsibilidad que las pymes necesitan para volver a contratar». En contraste, desde Unión por la Patria, el diputado Germán Martínez advirtió que «el fallo ignora la regresividad de derechos consagrados en el artículo 14 bis de la Constitución».
El camino hacia la Corte Suprema
A pesar de la vigencia inmediata de la reforma, el conflicto jurídico está lejos de concluir. La CGT y las dos vertientes de la CTA ya preparan un recurso extraordinario para elevar la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Los asesores legales de la central obrera sostienen que la ley vulnera principios de progresividad y protección del trabajador.
Por su parte, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, principal arquitecto de la modernización, afirmó que «la justicia del trabajo finalmente comprendió que no se puede legislar desde los tribunales contra la voluntad del pueblo representada en el Congreso».
El máximo tribunal del país será, en última instancia, quien deba definir si la Ley 27.802 se ajusta a la Carta Magna o si, por el contrario, los artículos cuestionados deben ser anulados definitivamente. Por el momento, el marco legal para las nuevas contrataciones en Argentina ha cambiado oficialmente a partir de hoy.
Resumen NCN
- Tribunal: Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
- Medida: Revocación de la cautelar dictada por el juez Raúl Ojeda.
- Normativa: Ley 27.802 de Modernización Laboral.
- Impacto: Reactivación inmediata de 82 artículos que modifican indemnizaciones y periodos de prueba.
- Próximo paso: Apelación de la CGT ante la Corte Suprema de Justicia.









